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Al otro lado del confesionario: los pecados del clero en la España del Siglo de Oro

 

Abstract

La figura del confesor gozó de una sobresaliente importancia en un contexto en el que la dirección de los fieles era imperativa en la vida cotidiana. El confesor debía ser arquetipo conductual de sus penitentes, llevando una vida santa y dedicada a la devoción, pues había que predicar dando ejemplo. Ésta no fue tarea sencilla pues los eclesiásticos incurrían en numerosos pecados. El presente trabajo pretende acercarnos a la complejidad de esa realidad transgresora a través de las sumas de confesión escritas entre los siglos XVI y XVIII y la documentación inquisitorial.

Confessors played a crucial role in the Catholic Church in a society where the spiritual guidance of the faithful was of fundamental importance in everyday life. In theory, the conduct of the confessor provided the model which the penitents seeking absolution for their sins were expected to follow, and his life was saintly and dedicated to God because it was his duty to serve as an example to others by practising what he preached. However, to carry out such a duty was no easy task, for members of the clergy were themselves frequent sinners. Drawing on the manuals to do with confession written in Spain in the sixteenth and seventeenth centuries, as well as upon the records of the Inquisition, this study offers insight into the complex reality of the confessor’s sinful behaviour as opposed to his goodness in theory.

Notes

1 Jesús Martínez Gordo, ‘Cuestiones fundamentales de teología de la revelación: M. Lutero y la modernidad ilustrada (I)’, Scriptorium Victoriense, 56:3–4 (2009), 333–75 (pp. 340–56).

2 Norman Rubén Amestoy, ‘El contexto histórico de la reforma calvinista’, Teología y Cultura, 11 (2009), 9–31.

3 Miquel Beltrán, ‘Judaísmo y molinismo en el siglo XVII: consideraciones teológicas en torno al problema del libre albedrío’, ’Ilu: Revista de Ciencias de las Religiones, 2 (1997), 7–15 (pp. 13–14).

4 Marcelino Ocaña García, Molinismo y libertad (Córdoba: Obra Social y Cultural Cajasur, 2000).

5 Véase Ignacio González Menéndez-Reigada, ‘El pseudo-probabilismo de Fray Bartolomé de Medina’, Ciencia Tomista, 37 (1928), 35–57 (pp. 35–37). La cita es del Diccionario histórico de la Compañía de Jesús, ed. Charles E. O’Neill & Joaquín María Domínguez, 4 vols (Madrid: Univ. Pontificia de Comillas, 2001), I, 3745.

6 Gregorio Bartolomé Martínez, Los clérigos a la greña: sátiras, mascaradas, insultos, infundios, descaros, libelos y trampas entre sí de la gente del púlpito y altar (San Vicente del Raspeig, Alicante: Editorial Club Universitario, 2010), 24.

7 Para un profundo conocimiento crítico de la obra y autor es recomendable el trabajo de Francisco Javier López de Goicoechea Zabala, ‘Marco Antonio de Camos (1544–1606): moral social y socorro de los pobres’, La Ciudad de Dios: Revista Agustiniana, 216:2–3 (2003), 529–68 (pp. 535–52).

8 Jean Delumeau, La confesión y el perdón: las dificultades de la confesión, siglos XIIXVIII, trad. Mauro Armiño (Madrid: Alianza, 1992), 110.

9 Anthony Cascardi, ‘The Subject of Control’, en Culture and Control in Counter-Reformation Spain, ed. Anne J. Cruz & Mary Elizabeth Perry, Hispanic Issues 7 (Minneapolis: Minnesota U. P., 1992), 231–54.

10 José María Soto Rábanos, ‘Visión y tratamiento del pecado en los manuales de confesión de la baja Edad Media hispana’, Hispania Sacra, LVIII:118 (2006), 411-47 (pp. 430–43).

11 Santo Tomás de Aquino, Suma Teológica (Selección), trad. Manuel G. Morente, 2ª ed., Colección Austral 310 (Madrid: Espasa-Calpe, 1973), 117–18.

12 Las relaciones entre pecado y delito fueron estudiadas por el historiador Bartolomé Clavero para la Edad Media. Respecto a la época moderna destaca la magnífica obra de Paolo Prodi sobre el dualismo moral/derecho, su Una historia de la justicia: de la pluralidad de fueros al dualismo moderno entre conciencia y derecho, trad. Luciano Padilla López (Buenos Aires/Madrid: Katz, 2008).

13 Leszek Kołakowski, Si Dios no existe …: sobre Dios, el diablo, el pecado y otras preocupaciones de la llamada filosofía de la religión, trad. Marta Sangigre Vidal, 5ª ed. (Madrid: Tecnos, 2007 [1ª ed. 1985]), 177–78.

14 Rodrigo Fernández del Río, ‘La transición entre el Medioevo y la Edad Moderna: crisis espiritual y de símbolos’, Tierra Firme, 22:86 (2004), 191–202, http://www2.scielo.org.ve/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0798-29682004000200003&lng=es&nrm=iso (consultado 13 de agosto de 2014).

15 Michel de Certeau, La debilidad de creer, trad. Víctor Goldstein (Buenos Aires: Katz, 2006), pp. 45–50. Un ejemplo muy ilustrativo es el caso de la palmeña María de Cazalla, acusada de alumbrada. Véase Álvaro Castro, Las noches oscuras de María de Cazalla: mujer, herejía y gobierno en el siglo XVI, Pioneras en Tiempos Salvajes 3 (Madrid: La Linterna Sorda, 2011).

16 Fernando Bouza Álvarez, ‘La cosmovisión del siglo de oro: ideas y supersticiones’, en La vida cotidiana en la España de Velázquez, ed. José N. Alcalá-Zamora, 2ª ed., Colección Historia 4 (Madrid: Temas de Hoy, 1999 [1ª ed.1989]), 217–34 (p. 222).

17 Carlos León Álvarez Santaló, ‘El libro de devoción como modelado y modelador de la conducta social: el ‘Luz de los Vivos’ de Palafox (1668)’, Trocadero: Revista de Historia Moderna y Contemporánea, 1 (1989), 7–25 (pp. 12–20).

18 Como escribió Caro Baroja sobre los distintos grupos socio-profesionales, ‘cada grupo de éstos, que en gran parte fue caracterizado por los teólogos morales, no sólo lo fue arrancando del análisis de sus costumbres y pasiones, sino también de sus hábitos mentales, de sus ideas y de la concepción del mundo a la que llegaban. De esta suerte podría hablarse de las mentalidades respectivas del labrador, del mercader, del guerrero, etc. Porque es, en proporción considerable, un sistema de ideas el que les dirige.’ Véase Julio Caro Baroja, Las formas complejas de la vida religiosa: religión, sociedad y carácter en la España de los siglos XVI y XVII (Madrid: Akal, 1978), 306.

19 Véase José Antonio Maravall, Poder, honor y élites en el siglo XVII, 2ª ed. (Madrid: Siglo XXI de España, 1984 [1ª ed. 1979]).

20 Tratado moralizador, sátira social y visión pesimista son los rasgos que definen esta obra del siglo XIV. Entre los estudios más sobresalientes se recomiendan José Antonio Maravall, ‘La sociedad estamental castellana y la obra de don Juan Manuel’, Cuadernos Hispanoamericanos, 67:201 (1966), 751–68; y José Ramón Araluce Cuenca, El ‘Libro de los estados’: don Juan Manuel y la sociedad de su tiempo (Madrid: Ediciones José Porrúa Turanzas, 1976).

21 Un caso muy extremo lo encontramos en una obrita literaria del cura José Chueca. No debe ser tomada como texto ejemplarizante del comportamiento de los clérigos en la España del siglo XVIII, pero sí deja entrever algunas de sus corruptelas intrínsecas, especialmente referidas al sacramento de la penitencia. Véase Antonio Gavín (1682–1750), El licenciado Lucindo o El cura canalla: vida del licenciado Lucindo escrita por don José Chueca, que lo llamaba ‘El cura canalla’, trad. [del inglés] con intro. de Genaro Lamarca Langa (Zaragoza: Institución ‘Fernando el Católico’, 2011).

22 José Luis Betrán, ‘El pastor de almas: la imagen del buen cura a través de la literatura de instrucción sacerdotal en la Contrarreforma española’, en Discurso religioso y Contrarreforma, ed. Eliseo Serrano, Antonio Luís Cortés & José Luís Betrán (Zaragoza: Instituto Fernando el Católico, 2005), 161–201.

23 Es esencial consultar al respecto el capítulo séptimo dedicado a las conductas en Arturo Morgado García, Ser clérigo en la España del antiguo régimen (Cádiz: Univ. de Cádiz, 2000), 157–80.

24 José Cobos Ruiz de Adana, El clero en el siglo XVII: estudio de una visita secreta a la ciudad de Córdoba (Córdoba: Escudero, 1976), 85.

25 Bartolomé de Medina, Breve instrucción de cómo se ha de administrar el sacramento de la penitencia (Salamanca: Herederos de Matías Gast, 1579), fol. 145r.

26 Francisco de Alcocer, Confesionario breve y muy provechoso para los penitentes (Salamanca: Juan de Cánova, 1568), fols 125r–35v.

27 Antonio de Córdoba, Tratado de casos de conciencia, 8ª ed. (Toledo: Pedro López de Haro, 1584 [1ª ed. 1573]), 91–93.

28 Elena del Río Parra, Cartografías de la conciencia española en la Edad de Oro (México: Fondo de Cultura Económica, 2008), 89.

29 Medina, Breve instrucción, 118.

30 Alonso Manrique, Constituciones sinodales del obispado de Córdoba (Sevilla: Jacobo Cromberger, 1521), fol. 11r.

31 Pedro de Guzmán, Bienes del honesto trabajo y daños de la ociosidad en ocho discursos (Madrid: Imprenta Real, 1614), 189–90.

32 Juan Gaspar Ferrer, Tratado de las comedias: en el cual se declara si son lícitas, y si hablando en todo rigor será pecado mortal el representarlas, el verlas, y el consentirlas (Barcelona: Jerónimo Margarit, 1618), 62–67.

33 Medina, Breve instrucción, 119.

34 Nicolás de Arnaya, Conferencias espirituales útiles para todo género y estado de personas (Sevilla: Francisco de Lyra, 1617), 86–90.

35 Jaime de Palafox y Cardona, A los […] vecinos y moradores de esta Villa de Osuna […] mandamos […] si saben o han oído decir de cualesquier [] pecados públicos, los vengan a manifestar y declarar ante Nos (Osuna: s. i., 1687).

36 Cristóbal de Vega, Casos raros de la confesión, con reglas y modo fácil para hacer una buena confesión general o particular, y unas advertencias para tener perfecta contrición y para disponerse bien en el artículo de la muerte (Madrid: Pedro Marín, 1782), 458.

37 Adriano Prosperi, ‘Notas sobre Inquisición’, Manuscrits: Revista d’Història Moderna, 17 (1999), 31–37 (p. 35).

38 Arturo Morgado García, ‘Pecado y confesión en la España moderna: los manuales de confesores’, Trocadero: Revista de Historia Moderna y Contemporánea, 8–9 (1997), 119–48 (p. 128).

39 Juan Enríquez, Cuestiones prácticas de casos morales (Córdoba: Salvador de Cea Tesa, 1646), 186.

40 Destacan por su importancia Tomás de Mercado, Suma de tratos y contratos, 2ª ed. (Sevilla: Hernando Díaz, 1571 [1ª ed. Salamanca, 1569]); y Luis de Alcalá, Tratado de los préstamos que pasan entre mercaderes y tratantes, y por consiguiente de los logros, cambios, compras adelantadas y ventas al fiado (Toledo: Juan de Ayala, 1546).

41 Cristóbal de Villalón, Provechoso tratado de cambios y contrataciones de mercaderes y reprobación de usura, 5ª ed. (Valladolid: Francisco Fernández de Córdoba, 1546 [1ª ed. Valladolid, 1541]), fol. 4v.

42 Luis Saravia de la Calle, Instrucción de mercaderes muy provechosa, en la cual se enseña cómo deben los mercaderes tratar y de qué manera se han de evitar las usuras de todos los tratos de ventas y compras, así a lo contado como a lo adelantado y a lo fiado, y de las compras del censo al quitar y tratos de compañía y otros muchos contratos, particularmente se habla del trato de las lanas; también hay otro tratado de cambios en el cual se trata de los cambios lícitos y reprobados, 2ª ed. (Medina del Campo: Pedro de Castro, 1547 [1ª ed. Medina del Campo, 1544]), 6–7.

43 Jaime de Corella, Práctica del confesionario, y explicación de las 65 proposiciones condenadas por la Santidad N. S. P. Inocencio XI, 13ª ed. (Madrid: Antonio Román, 1692 [1ª ed. Pamplona, 1686]); ver ‘Al Lector’, 48–49.

44 Medina, Breve instrucción, 230.

45 Pláticas sobre los inconvenientes de la penitencia dilatada, del cumplimiento de la obligación y del modo de conversión verdadera [Madrid, 1701], Biblioteca Nacional, Madrid, Ms/12016, fol. 176r.

46 Antonio González Polvillo, El gobierno de los otros: confesión y control de la conciencia en la España moderna, Historia y Geografía 166 (Sevilla: Univ. de Sevilla, 2010), 120.

47 Juan López de Salamanca, Defensorium fidei Christi contra garrulos preceptores [Toledo, siglo XV], Biblioteca Capitular, Toledo, Ms. 17-24, fol. 4v.

48 Corella, Práctica del confesionario, 153.

49 Manoel Rodrigues, Suma de casos de conciencia, 3 vols (Salamanca: Juan Fernández, 1597), II, 155.

50 Antonio de Córdoba, Tratado de casos de conciencia, 37.

51 Corella, Práctica del confesionario, 245.

52 Véanse Juan Antonio Alejandre García, El veneno de Dios: la Inquisición de Sevilla ante el delito de solicitación en confesión (Madrid: Siglo XXI de España, 1994); Stephen Haliczer, Sexuality in the Confessional: A Sacrament Profaned (Oxford/New York: Oxford U. P., 1996); y Adelina Sarrión Mora, Sexualidad y confesión: la solicitación ante el Tribunal del Santo Oficio (siglos XVI–XIX), Alianza Universidad 785 (Madrid: Alianza, 1994). Para el caso de Argentina, véase Jaqueline Vassallo, ‘Algunas notas sobre sacerdotes solicitantes y amancebados en Córdoba del Tucumán durante el siglo XVIII’, Tiempos Modernos: Revista Electrónica de Historia Moderna, 6:19 (2009), http://www.tiemposmodernos.org/tm3/index.php/tm/article/view/182/239 (consultado 20 de agosto de 2014).

53 Colección de documentos para la historia de la Inquisición en Córdoba, ed. Rafael Gracia Boix, con un prólogo de José Manuel Cuenca Toribio, Estudios y Documentos 3 (Córdoba: Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Córdoba, 1982), 151–70.

54 María Ruiz Ortiz, ‘Sexo y confesión en la Andalucía barroca: el clero solicitante ante el Santo Oficio’, Andalucía en la Historia, 21 (2008), 56–59.

55 Véase Colección de documentos, ed. Gracia Boix.

56 Diego de Torres Villarroel, Vida ejemplar: virtudes heroicas y singulares recibos de la venerable madre Gregoria Francisca de Santa Teresa (Salamanca: Imprenta de la Santa Cruz, 1738).

57 Archivo Histórico Nacional, Madrid, Inquisición, leg. 3732, exp. 105, sin foliar.

58 Considerada una de las obras eróticas del género moral, la primera edición se realizó en el año 1704. He consultado la edición facsímil con un estudio preliminar de Gérard Dufour, El fuero de la conciencia, o, Diálogo entre un confesor y un penitente a propósito del sexto mandamiento, Espejo de Clio 7 (Alicante: Instituto de Cultura de Juan Gil-Albert/Diputación de Alicante, 1994).

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