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‘Cada puta hile’: un inesperado tropiezo de Ortiz Gallardo y Gabriel de Sancha con la censura con motivo del Almanak y Kalendario para 1792

Resumen

Por encargo del Consejo de Castilla, la imprenta Sancha produjo una serie de almanaques y calendarios para 1780–1796 que apenas han sobrevivido, no obstante sus enormes tiradas, que los constituían en objetos de consumo generalizado. El expediente abierto tras la denuncia del correspondiente a 1792, redactado por Judas Tadeo Ortiz Gallardo, por los dichos ‘obscenos’ con que concluía el juicio del año, nos permite visibilizar el proceso de producción de estas menudencias. La cercanía entre los refranes ‘obscenos’ y el nombre de Dios en el layout del cartel fue, probablemente, lo que condujo a la retirada y reedición de este calendario.

Commissioned by the Council of Castile, the Sancha publishing house located at Madrid’s Aduana Vieja printed a yearly series of calendar-almanacs for 1780–1796, both in sewn octavo and two-sheet, wall-calendar folio versions. The censorship file initiated after a denunciation for obscenity and subsequent partial destruction of the original 1792 calendar, due to the inclusion of ‘obscene’ content, allows us to reconstruct the production and commercialization processes of these hitherto unknown calendars, and visualize their extensive print runs which facilitated wide consumption in all classes of society. The original 1792 Calendar was most probably substituted due to the unfortunate proximity of significant religious and ‘obscene’ expressions in the text's layout.

La documentación relativa a licencias y censura de libros conservada en el Archivo Histórico Nacional (AHN) en ocasiones excepcionales constituye el único foco a nuestra disposición con el que visibilizar el proceso de elaboración, producción y distribución de algunos impresos de venta masiva que, por su carácter efímero y su fragilidad, apenas han sobrevivido y suponen una producción prácticamente invisible, no obstante su destacado papel dentro del mercado editorial a finales del siglo XVIII y su ubicuidad en la vida cotidiana de la sociedad del Antiguo Régimen. Nos referiremos aquí a la serie del Almanak y Kalendario General impresa por los Sancha con periodicidad anual entre 1780 y 1796, producción de la que casi no ha quedado rastro material o bibliográfico. Ninguna de estas menudencias de imprenta fue recogida por Antonio Rodríguez-Moñino en su inventario de la producción de Antonio de Sancha, aparecido póstumamente en 1971,Footnote1 y hoy por hoy el Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico Español solo recoge el correspondiente al año 1790,Footnote2 no obstante conservarse en la Biblioteca Nacional de España un volumen facticio con los producidos para los años 1789 a 1796Footnote3 y haber inventariado Francisco Aguilar Piñal en su Bibliografía de autores españoles del siglo XVIII el correspondiente a 1792, integrado dentro del expediente del AHN en el que vamos a concentrar nuestra atención en este trabajo.Footnote4 Por nuestra parte, hemos localizado ejemplares del Almanak y Kalendario General para los años 1780, 1792, 1793, 1794, 1795 y 1796 en una colección particular de La Coruña, y recientemente hemos adquirido un ejemplar del correspondiente a 1789 ().Footnote5 En todos estos casos se trata de un calendario de librillo, es decir, un pliego suelto en formato 8° de 16 páginas—15 × 10 cm—, cosido, cuyo pie de imprenta es: para los años 1780–1791 ‘Por Don Antonio de Sancha’ y para los años 1792–1796—tras la muerte del patriarca en diciembre de 1790 y asumida la dirección de la empresa por su hijo Gabriel—‘En la Imprenta de Sancha’.

Por lo que respecta a su contenido, estos almanaques y calendarios de librillo corresponderían a la continuidad en estas décadas finales del siglo XVIII del modelo básico de almanaque descrito recientemente por Fernando Durán, pues ‘al margen de las ambiciosas creces que experimentan los pronósticos a principios del XVIII, seguía habiendo un nicho de mercado para su práctica ordinaria, como desde mucho tiempo atrás’.Footnote6 Tras la portada, ilustrada en todos los casos por una viñeta con una luna creciente—ligeramente alterada cada año, al requerirse un nuevo taco de madera tras el ineludible desgaste del anterior—, se incluye un conjunto de secciones fijas que aparecen en la serie de los Sancha por este orden: los Dias de las Ferias ordenados mensualmente (2), los cómputos del año (3) al que se refiere el almanaque—si es año bisiesto; su número dentro la era cristiana; respecto de la creación del mundo; del diluvio universal; de la fundación de Roma; de la de España; de la de Madrid; de la de Salamanca; de su universidad; de la corrección gregoriana; del pontificado del papa y reinado del monarca español—, los Numeros del Año—número áureo, epacta, ciclo solar, indicción romana, letra dominical y del martirologio romano—, las Fiestas movibles de acuerdo al calendario de fiestas móviles empleado desde Pío V, Las quatro Temporas—o días de ayuno anteriores al inicio de cada estación del año—, los Dias en que se saca Anima—aquellos en que se ganaba indulgencia plenaria aplicable a las ánimas del Purgatorio—y los Eclipses (4). Tras una sección dedicada a la Entrada del Sol en los quatro puntos cardinales, ó principio de las quatro estaciones se coloca un Juicio del Año (5), que expone con manifiesta ambigüedad las características astrológicas y climáticas del año entrante y su traslación a la fertilidad de las cosechas según las tradiciones de la astrología natural, finalizándose siempre esta primera parte con el broche tradicional ‘DIOS SOBRE TODO’ compuesto en mayúsculas.Footnote7 La segunda parte del impreso contiene a doble columna el calendario y diario de cuartos de luna (6–16), encabezándose cada mes con una pequeña viñeta alusiva a su signo zodiacal, señalándose asimismo las distintas fases de la luna con otras viñetas de menor grado y refiriéndose el santoral con indicación de las fiestas de precepto (en cursiva), aquellas en que se puede trabajar con obligación de oír misa antes o después de las labores (señaladas con manecilla), los días en que se saca ánima (señalados con una cruz griega), así como jubileos y velaciones (indicados con un calderón).

La existencia de este producto editorial estandarizado, de escasa calidad tipográfica y amplia demanda social, plantea una serie de interrogantes con respecto a su encaje dentro de la actividad de la imprenta y casa editorial de Sancha, sin duda la más destacada en manos particulares por lo que respecta a su dimensión cultural y económica durante los reinados de Carlos III y Carlos IV. ¿Nos hallamos ante la continuidad del privilegio de impresión disfrutado durante décadas por Antonio Sanz, cuñado de Antonio de Sancha y tío de Gabriel de Sancha? ¿Es el Almanak y Kalendario General una aventura comercial plenamente asumida por los Sancha? ¿Cuál fue su verdadera dimensión? ¿Cómo se armonizaba la producción de un impreso masivo de carácter efímero con una actividad editorial de comercialización más lenta dirigida a una minoría cultural (y social)?

El expediente formado por providencia del Consejo de Castilla ‘con motivo de haber llegado a su noticia que el Calendario que se había impreso correspondiente al año próximo de 1792 contenía expresiones vergonzosas y llenas de escándalo’, incoado tras la denuncia efectuada el 16 de noviembre de 1791 por el vicario eclesiástico de la villa de Madrid, Lorenzo Igual de Soria, nos permitirá contestar a estas cuestiones al tiempo que proporciona una información verdaderamente excepcional para esclarecer diferentes aspectos relativos a la producción y consumo de almanaques y calendarios a finales del siglo XVIII.Footnote8 En ella, Igual de Soria, capellán mayor de la magistral de San Justo y San Pastor de Alcalá de Henares, habitual revisor de piezas teatrales entre 1790 y 1794 con vistas a otorgarles la imprescindible licencia para poder ser representadas en Madrid,Footnote9 manifiesta que

[c]on bastante dolor y angustia de mi corazón acabo de leer en el Almanak ó Kalendario que ha salido impreso y ha de servir para el año próximo venidero de 1792 (del que acompaño un ejemplar) las palabras con que concluye y cierra el pronóstico su autor, cuales son: Cada Puta hile, dixo Sancho Panza, y cada uno procure por el virote: expresiones que, sobre sucias, vergonzosas, y horrendas, están llenas de escándalo.Footnote10

El ejemplar que acompaña su denuncia no corresponde a la modalidad de librillo, sino que se trata de un calendario mural o de pared, compuesto por dos hojas sueltas de papel de tina verjurado, de color crema, en formato folio impresas por una sola cara (43,3 × 31 cm), en las que el texto se ha compuesto de forma apaisada distribuyéndolo en siete columnas ( y ).Footnote11 La primera columna de cada hoja contiene las secciones fijas del calendario de librillo, y las seis restantes columnas en cada hoja corresponden a cada uno de los semestres del año. El final del Juicio del Año efectivamente termina:

Figura 1 Portada del Almanak, y Kalendario General […] para el Año de 1789. Biblioteca particular.

Figura 1 Portada del Almanak, y Kalendario General […] para el Año de 1789. Biblioteca particular.

Figura 2 Primera hoja del Almanak, ó Kalendario General de este Año bisiesto del Señor de 1792, conteniendo los meses enero-junio (AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 2). Reproducido con el permiso de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes (Ministerio de Cultura y Deporte).

Figura 2 Primera hoja del Almanak, ó Kalendario General de este Año bisiesto del Señor de 1792, conteniendo los meses enero-junio (AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 2). Reproducido con el permiso de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes (Ministerio de Cultura y Deporte).

Figura 3 Segunda hoja del Almanak, ó Kalendario General de este Año bisiesto del Señor de 1792, conteniendo los meses julio–diciembre. (AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 1). Reproducido con el permiso de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes (Ministerio de Cultura y Deporte).

Figura 3 Segunda hoja del Almanak, ó Kalendario General de este Año bisiesto del Señor de 1792, conteniendo los meses julio–diciembre. (AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 1). Reproducido con el permiso de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes (Ministerio de Cultura y Deporte).

[s]iendo todo esto asi, como sin duda será, podemos prometernos un año fértil y abundante, en lo comun, tanto en granos, como en los otros frutos y frutas, vino, aceyte, miel, seda, ganados, y demas especies; pero aunque es muy bueno que así sea, y se diga en el Kalendario, será otro tanto oro el que cada qual atienda á su juego, esmerandose mucho en adelantar y mejorar las practicas de su oficio, pues por mas abundantes que sean los años, jamas mejoran de suerte los descuidados y holgazanes; la aplicacion, la industria y la economía, no solo son el mayorazgo de los pobres, sino que aumentan las cosechas, acrecientan naturalmente los frutos, y hacen florecientes los Reynos y Naciones. Cada puta hile, dixo Sancho Panza, y cada uno procure por el virote. DIOS SOBRE TODO. ()

El texto del calendario mural, con excepción de algunas ligeras reformulaciones en el encabezamiento a línea tirada de ambas hojas, es idéntico al de la modalidad de librillo. Llama la atención en la denuncia la circunstancia de que a la altura de mediados de noviembre el Almanak, ó Kalendario para el año próximo ya se encontrara a la venta.Footnote12

La maquinaria administrativa se puso en marcha de forma inmediata: al día siguiente de la denuncia, 17 de noviembre, el Consejo de Castilla ordena al juez de imprentas Felipe de Rivero

[…] que inmediatamente se recojan de la imprenta y librería de D. Gabriel Sancha todos los ejemplares que se hubiesen impreso del Almanak o Calendario para el año próximo y contengan las expresiones obscenas con que concluye el juicio del año; y también de cualquiera otra parte donde se hallasen; haciendo que el mismo D. Gabriel Sancha presente el original por donde ha hecho la impresión, expresando quién se lo entregó y si precedió para ello la censura y licencia correspondientes. Y con vista de todo informe el mismo Sr. Juez de imprentas lo que se le ofreciere.Footnote13

Efectuando dicha diligencia ese mismo día, el escribano Pedro Barrero tomó declaración a Gabriel de Sancha:

[…] siendo la hora de las doce y media de este día, pasé a la imprenta y librería del cargo de D. Gabriel Sancha, sita en la Plazuela de la Leña, casa de la Aduana Vieja, al que requerí me manifestase cuántos ejemplares había tirado y tenía en su poder del Almanak o Calendario para el año próximo venidero de mil setecientos noventa y dos, y enterado dijo: que hasta el día se han tirado en su oficina seiscientas y una resmas de Calendarios de pared, y seiscientas y tres de librillo; que de todas estas, solo conserva en su poder veinte y cuatro resmas, pues las restantes las tiene repartidas con anticipación a diversas provincias de estos Reinos, según las distancias. Por lo que yo el infraescrito le volví a requerir suspendiese la impresión que estaba ejecutando de dicho Almanak o Calendario que contuviese las palabras obscenas con que concluye el juicio de el año. Lo que cumplió inmediatamente y me puso de manifiesto las veinte y cuatro resmas impresas que por ahora, y bajo del correspondiente depósito, quedaron en poder del mismo Sancha, hasta que otra cosa se mande por el Sr. Juez; y me entregó en este acto el original bajo del que se ha gobernado para la impresión, en dos medios pliegos manuscritos, puestos en cuartilla, su fecha en Salamanca veinte y cinco de mayo pasado de este año, firmado del Dr. D. Judas Tadeo Ortiz Gallardo, que rubricado de mí el infraescrito se une a este expediente, declarando el mismo D. Gabriel Sancha, bajo de juramento que hizo en solemne forma, que este original se le entregó para su impresión D. Manuel Navarro, contador del Consejo, a consecuencia de orden del Sr. D. Gregorio Portero Huerta ministro que fue del Consejo y subdelegado General de Penas de Cámara, bajo de cuya práctica ha corrido así la impresión del Almanak o Calendario hace muchos años en la oficina del que expone, sin que le conste si preceden censuras u otras licencias más de lo que deja dicho.Footnote14

Esta declaración del impresor y librero nos proporciona unos datos valiosísimos. Por lo que respecta a la tirada, se habían impreso hasta el día 601 resmas de calendarios de pared, es decir, la enorme cantidad de 300 500 ejemplares, y 603 resmas de calendarios de librillo, que corresponden a 301 500 ejemplares.Footnote15 En este punto, Sancha solo conserva en su poder 24 resmas—según veremos, de calendarios de pared—, equivalentes a 12 000 ejemplares. El resto se había distribuido por diversas provincias, pues debemos tener en cuenta que el área geográfica peninsular donde se distribuyen los calendarios impresos por los Sancha se limita a ‘los Reynos de Castilla, Aragon, Valencia, Navarra, Galicia, Principado de Asturias, Señorío de Vizcaya, y Provincias de Guipuzcoa, y Alava’, según se declara en la portada de sus calendarios de librillo. En Cataluña es Francisco Surià y Burgada quien reproduce en su taller barcelonés el texto impreso en Madrid por los Sancha, con la única diferencia de que sus calendarios de librillo sustituyen la sección Dias de las Ferias por la denominada Firas de Cathalunya, centrada en un ámbito regional, que es la única redactada en catalán.Footnote16 Otra importante información aportada por Sancha es que el autor del Almanak, Judas Tadeo Ortiz Gallardo, catedrático de prima de matemáticas de la Universidad de Salamanca desde 1772, continuador del negocio familiar entre 1769 y 1797—es sobrino de Diego de Torres Villarroel y hermano del Pequeño Piscator, Isidoro Ortiz Gallardo—,Footnote17 había firmado su original en Salamanca en 25 de mayo de 1791, fecha que establece la data post quem de producción del calendario (), a la que habría que sumar lo que tardase su envío de Salamanca a Madrid, en donde el contador del Consejo de Castilla don Manuel Navarro, por orden del subdelegado de Penas de Cámara y consejero de Castilla don Gregorio Portero Huerta, se lo entregó a Gabriel de Sancha para que efectuase su impresión.

Ese mismo día 17 el juez de imprentas ordena la declaración de don Manuel Navarro para que comunique ‘bajo qué reglas ha corrido hasta aquí la impresión del Almanak o Kalendario; por dónde se dan las órdenes para ello y si precede alguna censura, y con qué motivo van a su poder los originales con que se gobiernan para la impresión; quién les costea y de qué fondos, con las demás circunstancias que para el caso ocurran’, lo que nos manifiesta el llamativo desconocimiento de Rivero acerca de quién tenía la responsabilidad última de la impresión de estos almanaques y por qué procedimiento obtenían su licencia de impresión. Asimismo, en consideración del gran número de ejemplares ya distribuidos y lo poco que resta para el nuevo año, a fin de que el público no carezca del dicho impreso

[…] hágase saber a D. Gabriel Sancha, a cuyo cargo corre la referida impresión, escriba a sus corresponsales, a donde haya hecho las remesas de los Almanaques o Calendarios para el próximo año de mil setecientos noventa y dos, los presenten ante los subdelegados de imprentas, gobernadores, corregidores, alcaldes mayores u otros jueces ordinarios de las ciudades, villas y lugares de estos Reinos de España, a donde se hayan hecho las tales remisiones, para que tildándose y borrandose los dos últimos renglones con que concluye el juicio del año, y dice cada Puta hile, dixo Sancho Panza, y cada uno procure por el virote, consientan su publicación, y de ejecutarlo así remitan testimonio los corresponsales de las respectivas justicias para producir en este Juzgado, sobre que se hace responsable al mismo Sancha de cualquiera resulta o defecto que en contravención de lo aquí mandado se advierta; y atendiendo a la escasez del tiempo, se conceda licencia por ahora al mismo D. Gabriel Sancha para que continúe imprimiendo el explicado Almanak, suprimiendo los indicados dos últimos renglones con que concluye el juicio del año.Footnote18

Sancha, encargado de la distribución provincial del Almanak y Kalendario, queda responsabilizado de movilizar a los integrantes de su red para que presenten ante los representantes locales de la justicia y la administración los ejemplares previamente remitidos a fin de tachar en todos ellos las expresiones obscenas denunciadas y así poder continuar en uso.Footnote19 No obstante, a fin de que el público no carezca de este producto de consumo masivo en época de su mayor tirón estacional, el juez de imprentas ve imprescindible que se dé licencia a Sancha para continuar con la impresión del Almanak, una vez suprimidas las expresiones ofensivas del Juicio del Año.

Figura 4 Detalle de la segunda hoja del Almanak, ó Kalendario General de este Año bisiesto del Señor de 1792, conteniendo los meses julio–diciembre, en que se observa el final del Juicio del Año. (AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 1). Reproducido con el permiso de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes (Ministerio de Cultura y Deporte).

Figura 4 Detalle de la segunda hoja del Almanak, ó Kalendario General de este Año bisiesto del Señor de 1792, conteniendo los meses julio–diciembre, en que se observa el final del Juicio del Año. (AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 1). Reproducido con el permiso de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes (Ministerio de Cultura y Deporte).

Figura 5 Última hoja del original de imprenta del Almanak, ó Kalendario General de este Año bisiesto del Señor de 1792, manuscrito autógrafo de Judas Tadeo Ortiz Gallardo, con la rúbrica del escribano Pedro Barrero a la izquierda de la fecha. (AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 14). Reproducido con el permiso de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes (Ministerio de Cultura y Deporte).

Figura 5 Última hoja del original de imprenta del Almanak, ó Kalendario General de este Año bisiesto del Señor de 1792, manuscrito autógrafo de Judas Tadeo Ortiz Gallardo, con la rúbrica del escribano Pedro Barrero a la izquierda de la fecha. (AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 14). Reproducido con el permiso de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes (Ministerio de Cultura y Deporte).

Un día después, el 18 de noviembre, el contador de Gastos de Justicia en el Consejo don Manuel Navarro, en su declaración ante el escribano de Cámara Barrero, aclara en mayor detalle la dependencia administrativa del Almanak y Kalendario del subdelegado de penas de Cámara y Gastos de Justicia:

Que con motivo de tener mandado el Consejo por sus providencias comunicadas al Sr. Subdelegado de penas de Cámara y gastos de Justicia de él, Conde de Campomanes, corriese bajo de su dirección la impresión del Calendario y fiestas de Corte, por cuenta del producto de los mismos gastos de Justicia, se sirvió S. E. dar orden en diez y nueve de Junio de mil setecientos ochenta al Catedrático de Matemáticas de la Universidad de Salamanca D. Judas Tadeo Ortiz Gallardo para que por su honorario compusiese anualmente dicho Calendario y que, formado que fuese, le pasase original a manos de S. E. por decreto; que quedando copia en la Contaduría de mi cargo, le pasase esta dicho original para su impresión y venta al comisionado que entonces era D. Antonio de Sancha y por su fallecimiento nombró S. E. a D. Gabriel su hijo, lo que se ha observado hasta ahora, y lo mismo ha hecho del Calendario original, que remitió dicho Catedrático con su sarta para el año de mil setecientos noventa y dos a manos del Sr. Subdelegado D. Gregorio Portero de Huerta, con acuerdo de Su Señoría, sin que le hubiese hecho más prevención que la misma de estilo, y por lo mismo no ha precedido el pasar nunca dicho Calendario a censura alguna, por no haberse mandado ni prevenido a la Contaduría, en donde existen aprobadas las cuentas que han presentado los comisionados a los Sres. subdelegados hasta el año próximo pasado y por ellas resulta el que, después de haberse reintegrado aquellos de los suplementos que han hecho por sí para el coste de impresión y el considerable del papel, con el abono del cinco por ciento por razón de ventas, han quedado libres en cada un año a beneficio del fondo de los mismos gastos de Justicia de veinte y tres a veinte y cuatro mil reales. Que es cuanto puede decir en razón de lo que se le ha preguntado.Footnote20

El privilegio de impresión del Almanak y Kalendario lo había asumido el Consejo de Castilla tras la impresión del correspondiente a 1779 por Antonio Sanz, que lo había disfrutado desde 1726, tras la muerte de su tío Juan Sanz, quien había obtenido la exclusividad en 1724.Footnote21 A partir de ahí el Consejo lo hizo depender del subdelegado de penas de Cámara y gastos de Justicia, un magistrado del Consejo de Castilla que estaba al frente de la oficina encargada de recaudar los cobros de las penas pecunarias impuestas por los alcaldes ordinarios y de Casa y Corte, audiencias, chancillerías … Campomanes ocupó dicha plaza en propiedad desde el 28 de enero de 1777, tras haberla ocupado interinamente a partir del 11 de mayo de 1774. Navarro testifica que Campomanes encargó la redacción anual del Almanak a Judas Tadeo Ortiz Gallardo con fecha 19 de junio de 1780, pero debe confundirse, pues dicho almanaquista ya redacta el correspondiente al año 1780, cuya impresión—efectuada a lo largo de la segunda mitad de 1779—y venta se comisionó a Antonio de Sancha, pasando a su muerte a su hijo primogénito. El original para el año de 1792 fue remitido por Ortiz Gallardo al subdelegado Gregorio Portero de Huerta, sucesor de Campomanes en dicha competencia tras su sonado cese como gobernador del Consejo de Castilla por real orden de 14 de abril de 1791. Resulta llamativa la afirmación de Navarro de que el Kalendario no había pasado nunca censura alguna en la contaduría, circunstancia agravada en este caso por el fallecimiento de Portero de Huerta tras una molesta enfermedad el 14 de septiembre de 1791.Footnote22 Las cuentas anuales de la impresión y venta del Almanak y Kalendario, disponibles en dicha contaduría, registraban unos beneficios anuales limpios para la administración en torno a los 23 000 y 24 000 reales, suma nada desdeñable, tras haberse pagado a los Sancha los costes de impresión y haberse abonado el considerable gasto de papel, así como un 5 por ciento del producto de las ventas a los Sancha y sus distribuidores.

Dos días después, el 20 de noviembre, el juez de imprentas Felipe de Rivero en un escrito al Consejo propone que se tomen las siguientes medidas: en primer lugar, ‘que los ejemplares embargados en la oficina de D. Gabriel Sancha se traigan al Consejo y al oficioFootnote23 de Gobierno, de donde nunca salgan, o se manden quemar’. Asimismo ‘que V. A. dé la orden conveniente al Corregidor intendente de Salamanca para la reprensión, costas y multa del Catedrático D. Judas Tadeo Ortiz Gallardo y la privación o devolución del honorario del año en los términos que sean los más propios para que no se repitan quejas de este género’, costas del expediente que ascenderán a 137 reales con 8 maravedís de vellón.Footnote24 Por último, se muestra contrario a sujetar la impresión de calendarios a la jurisdicción del juez de imprentas, modificando el procedimiento seguido desde 1780, justificando en esta ocasión el descuido del difunto subdelegado de penas de Cámara y Gastos de Justicia en razón de su enfermedad:

[…] y en el particular de haberse de señalar método para la impresión de calendarios con la sujección a la licencia del Juez de imprentas, yo no lo estimo necesario ni conveniente, porque estando extraído este ramo y entregado en manos de un individuo del Consejo, sería reparable que yo le dictase reglas que nunca serían sino las que las leyes contienen o las que la observación y la experiencia han enseñado como precisas para la ejecución del fin y objeto de las mismas leyes; y en efecto ha ido bien hasta aquí y no se hubiera caído en este desliz si el Sr. D. Gregorio Portero de Huerta, último subdelegado de penas de Cámara, no hubiera tenido tantas interrupciones en su salud como vimos y que seguramente le quitaban el ejercicio continuo de aquella sagacidad y talento que en realidad tenía.Footnote25

Un día más tarde se ordena que el alcalde del cuartel madrileño de Plaza Mayor—en cuya jurisdicción, dentro del barrio de Santa Cruz, se encontraba la plazuela de la Leña—pase a la Aduana Vieja

[…] y recogiendo todos los ejemplares del Almanak dispuesto para el año próximo de mil setecientos noventa y dos que existen detenidos en su poder de orden del Sr. D. Felipe de Rivero, Juez de imprentas, disponga que a presencia del mismo Sancha, en el sitio que le parezca más a propósito y con la mayor reserva, se queme el pliego en que a final del Juicio del año están estampados los renglones siguientes ‘Cada puta hile, dijo Sancho Panza, y cada uno procure por el virote’. Y sin perjuicio ni retardación haga saber al mismo Sancha que, con omisión de dichos renglones, reimprima inmediatamente los pliegos necesarios para reemplazar los quemados y que no se experimente falta.Footnote26

Asimismo se le advirtió a Gabriel de Sancha que, en el futuro, no imprimiese el calendario sin constar en el original la aprobación expresa y licencia del subdelegado general de penas de Cámara.

Ocho días después, en 29 de noviembre, el alcalde de cuartel Juan Antonio Pastor comunica al Consejo el cumplimiento de su orden:

[…] pasé a la casa-imprenta de D. Gabriel Sancha, y de las veinte y cuatro resmas de Almanak o Calendarios que tenía en su poder retenidos de orden del Sr. Juez de imprentas se apartaron la mitad, por ser solo él de dos pliegos de que se compone y en el último se halla el Juicio del año y las palabras prohibidas, cuyas doce resmas con dos más y diez y nueve cuadernillos que han vuelto los verederos que los reparten por los lugares se han quemado ayer lunes en el campo con asistencia de dicho Sancha, con el sigilo y reserva que se previene.Footnote27

De este modo se destruyeron en lugar indeterminado las hojas de los 12 000 calendarios de pared que contenían el delatado final del Juicio del Año junto al calendario julio-diciembre, conservándose para ser aprovechadas las hojas no problemáticas que contienen el primer semestre del año. Con ellas se destruyen además 1095 calendarios de librillo—2 resmas, es decir mil ejemplares, más 19 cuadernillos equivalentes cada uno a 5 pliegos—devueltos a Gabriel de Sancha por algunos de sus verederos o distribuidores por los pueblos.Footnote28 Finaliza el alcalde de cuartel su comunicación al Consejo añadiendo que ‘expresó el citado D. Gabriel que tiene cuasi reimpresos los pliegos necesarios para reemplazar los quemados y asegura que no se experimentará falta alguna’.Footnote29 Téngase en cuenta que al imprimir el calendario de pared solo se imprime el recto o blanco del pliego, no el verso o la retiración. En los dos espacios tipográficos del recto se imprimen dos formas paralelas, que se cortan tras su impresión produciendo así las dos hojas apaisadas impresas por una sola cara que constituyen el Almanak, ó Kalendario. Tras haberse destruido 12 000 hojas conteniendo el Juicio del Año con las expresiones delatadas, el impresor Sancha tuvo que imprimir igual número de hojas conteniendo dicho Juicio del Año junto con el segundo semestre, pero en esta segunda edición del Almanak, ó Kalendario las dos formas que ocupan el recto o blanco del pliego contienen el mismo texto (aunque cabría la posibilidad de que al querer componerlas idénticas a plana y renglón se hubiera introducido por descuido alguna mínima diferencia, constituyéndose así dos estados). Son 6000 pliegos impresos por una sola cara que, al cortarse, producirán 12 000 hojas con el nuevo Juicio del Año y el segundo semestre, hojas que se unirán a las remanentes de la primera edición para su venta (). Junto a esta segunda edición del calendario de pared que debió constituir una tirada de doce mil ejemplares (), se imprimió también una nueva edición del calendario de librillo de tirada más reducida, como prueba el ejemplar conservado en el expediente del AHN, a fin de reemplazar esos 1095 ejemplares también destruidos.Footnote30

Figura 6 Imposición de las dos formas sobre el blanco del pliego para la impresión del calendario de pared en formato folio, según el Mecanismo del arte de la Imprenta para facilidad de los operarios que le exerzan de Juan José Sigüenza y Vera, 48. Biblioteca particular.

Figura 6 Imposición de las dos formas sobre el blanco del pliego para la impresión del calendario de pared en formato folio, según el Mecanismo del arte de la Imprenta para facilidad de los operarios que le exerzan de Juan José Sigüenza y Vera, 48. Biblioteca particular.

Figura 7 Segunda edición del Almanak, ó Kalendario General de este Año bisiesto del Señor de 1792, conteniendo los meses julio-diciembre (AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 25) Reproducido con el permiso de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes (Ministerio de Cultura y Deporte).

Figura 7 Segunda edición del Almanak, ó Kalendario General de este Año bisiesto del Señor de 1792, conteniendo los meses julio-diciembre (AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 25) Reproducido con el permiso de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes (Ministerio de Cultura y Deporte).

La nueva edición se había finalizado del todo con fecha 1 de diciembre, día en que el juez de imprentas Felipe de Rivero lo comunica al Consejo acompañando su escrito con dos ejemplares del calendario de pared a fin de que se integren en el expediente.Footnote31

En el expediente del AHN se conserva asimismo la suplica al Consejo, fechada en Madrid a 13 de diciembre de 1791, de uno de los vendedores ambulantes de la red de distribución minorista establecida por Gabriel de Sancha:

Juan de la Torre, vecino de esta Corte, puesto a los pies de S. E. con el debido respeto expone: que habiendo sacado resma y media de papel de Calendario para ir a venderlo por los lugares para ayuda de mantener a su mujer y sus hijos porque se hallaba sin trabajar, por lo cual no ha podido despacharlo por cierto mote que tiene en la tabla del Juicio del año, y por tanto a S. E. suplica se digne de mandar al impresor le dé su importe o se los devuelva por otros y queda entregado el papel en la Secretaria del Consejo. Merced que espero de la bondad y benignidad de S. E.

Petición que encontró eco favorable, ordenando el Consejo con fecha 17 de diciembre al alcalde de cuartel Pastor que a través de Sancha ‘se entreguen a este interesado igual número de pliegos de la nueva edición del que presenta de la antigua’, con lo cual los 750 ejemplares del calendario—no sabemos si de la modalidad de pared o de librillo—que había adquirido previamente al impresor y librero mayorista le serían canjeados.Footnote32

Como hemos podido determinar a través del expediente conservado en AHN, en apenas dos semanas—entre el 17 de noviembre, en que se produce la denuncia del vicario eclesiástico, y el 1 de diciembre, en que el juez de imprentas confirma que Sancha ha completado su reedición de los ejemplares destruidos del Almanak, y Kalendario General para el Año bisiesto de 1792— el Consejo de Castilla fue capaz de reaccionar soslayando un posible escándalo provocado por el descuido o la falta de celo de uno de sus miembros. Todo ello bajo la presión añadida de que el público no notase su falta justo en el momento en que solía adquirir el calendario todos los años. No obstante, a pesar de las medidas tomadas, no todos los ejemplares de la primera edición fueron recogidos o vieron tachadas las frases denunciadas, como demuestran los ejemplares del calendario de librillo en BNE y en la colección particular de La Coruña ().

Figura 8 El Juicio del Año en un ejemplar superviviente de la primera edición del Almanak, y Kalendario General para el Año bisiesto del Señor de 1792 —modalidad calendario de librillo. La Coruña, colección particular.

Figura 8 El Juicio del Año en un ejemplar superviviente de la primera edición del Almanak, y Kalendario General para el Año bisiesto del Señor de 1792 —modalidad calendario de librillo. La Coruña, colección particular.

Paralelamente a la retirada y destrucción parcial de los ejemplares de la primera edición del Almanak, y Kalendario General para el Año bisiesto del Señor de 1792, el Consejo lidió con su responsable literario, el almanaquista Judas Tadeo Ortiz Gallardo. El 2 de diciembre de 1791, Ortiz Gallardo compareció ante el corregidor de Salamanca Lucas Palomeque, que le manifestó la reprensión del Consejo y apercibimiento para lo sucesivo junto con la pérdida del honorario que le correspondía, ‘quedando enterado en todo su contenido, y en prueba de su sumisión y obediencia a tan superior resolución, hizo poner a mi disposición los ciento treinta y siete reales y ocho maravedises vellón importe de las costas, que parece se han causado en el expediente’.Footnote33 No obstante, pocas semanas después, tras sopesar el asunto y ya con la cabeza más fría una vez pasado el primer susto, Ortiz Gallardo dirigió una representación al Consejo, fechada en Madrid a 11 de enero de 1792, en la que trataba de exculparse, explicando cómo su cometido

[…] se ha reducido siempre a solo componer lo preciso para la formación del Calendario y remitirlo anualmente por los meses de abril o mayo en derechura a manos del Sr. subdelegado de las penas de Cámara, y este deberá cuidar de verlo y reverlo, facilitando las órdenes de imprimirlo, repartirlo y publicarlo. Así lo he ejecutado siempre, poniéndolo en manos del Excmo. Sr. Conde de Campomanes, y este último lo dirigí por el mes de mayo a las del Sr. sucesor en la referida comisión, evacuando y cumpliendo enteramente por mi parte el encargo de V. A. con este último paso. Sin que fuese de mi cargo nada de cuanto siguió o debió seguir relativo a reconocimiento, aprobación, licencia, impresión, etc., como tampoco lo ha sido en alguno de los años anteriores.Footnote34

Ortiz Gallardo se defiende argumentando la plena responsabilidad del subdelegado general de penas de Cámara por lo que respecta a la revisión del texto y proceso de licencia, atreviéndose incluso a dejar caer el nombre del hasta aquí todopoderoso Campomanes y señalando luego a su sucesor en el cargo. Prosigue Ortiz Gallardo, último eslabón de toda una estirpe de almanaqueros, revelando que

[t]ambién se debe notar que el juicio general del año y demás pronosticaciones han sido siempre tan repugnantes a mi genio y carácter, que solo la necesidad de contemporizar con el vulgo, insinuada por dicho Excmo. Sr. ha podido obligarme a continuarlas. Pero por lo mismo, ya que no he tenido arbitrio para omitirlo, he tratado siempre el tal asunto como de burlas y con total desprecio de lo mismo que allí se dice, atendiendo a cumplir con lo acordado, y procurando así la instrucción de las gentes vulgares que gustan de semejantes fruslerías, pero inspirando desengaño a toda la nación, cuidando igualmente de sembrar máximas y documentos útiles para desterrar la holgazanería, fomentar la industria, economía y agricultura.Footnote35

Sorprendente declaración en el sobrino y sucesor de Diego de Torres Villarroel, que refuerza su afirmación manifestando que fue el propio Campomanes quien le sugirió la conveniencia de continuar con la sección del Juicio del Año, dándole Ortiz Gallardo un cierto toque didáctico inspirado en las ideas que sobre el trabajo y la educación popular tenía el ilustrado asturiano, difundidas masivamente a mediados de los años 70 en una serie de impresos producidos también por Sancha en la Aduana Vieja.

Ortiz Gallardo, por último, no tiene reparo en defender el uso de las dos cláusulas denunciadas, ‘creyéndolas decentes, enérgicas, significativas, más eficaces que cualesquiera otras, legítimas castellanas, generalmente recibidas y usadas por los mejores autores, príncipes de la elocuencia española’, citando en su favor a lexicógrafos como Correas, Covarrubias y Terreros, y a autoridades literarias como Cervantes y Quevedo, ‘sin que jamás se haya dado a tales voces o frases interpretación menos decente’. Por todo lo cual suplica se le alce el apercibimiento, la multa y la reprensión, solicitando ‘para justificación de dicho descargo mío y satisfacción del público español publicar un suplemento al Calendario presente, en que procuraré manifestar cuanto dejo dicho y cuanto convenga para explicación e inteligencia de las mismas expresiones, y desvanecer generalmente cualesquiera mala interpretación’, solicitando para terminar que se le den por trabajados en su cátedra de prima de matemáticas los días lectivos que se ha visto obligado a residir en Madrid, ocupado en su defensa, hasta su restitución a Salamanca.

Apenas dos días después, 13 de enero, el juez de imprentas remitía al Consejo su parecer sobre la representación de Ortiz Gallardo. Rivero comenzaba reconociendo que

[…] aunque las expresiones notadas son sin duda castizas y de buen lenguaje castellano, usadas como tales en muchos y buenos libros y en los diccionarios de la lengua, eso mismo sucede con otra multitud de voces de que nos abstenemos por pudor y honestidad aun en conversaciones privadas entre propios y dentro del secreto de nuestras habitaciones, echando mano para producir nuestros conceptos de otras palabras o figuras, quizás con menos propiedad, sacrificándola al decoro y urbanidad con que deben tratarse los asuntos y las gentes. Por manera que la satisfacción que se trae convencería si la acusación fuese contra la propiedad del lenguaje, pero no cuando como aquí se culpa el uso de voces por contener alguna obscenidad o torpeza, o incitar a ella por el lugar en que se usó, la publicidad de un impreso y la ninguna necesidad de echar mano de ese adagio, habiendo otros muchos de la misma fuerza y significación. Este pensamiento podía extenderse y adornarse con muchos ejemplos y comparaciones que a todos ocurren, si no sucediera en esta materia lo que a los que manejan pez, que por aseados que sean se ensucian.Footnote36

Por todo ello desaprueba que se le conceda a Ortiz Gallardo la solicitada licencia para imprimir un suplemento en su descargo, ‘porque no podría componerse sin incidir en otras muchas palabras que padeciesen, sin ninguna utilidad, la misma censura’. Por lo que respecta al envite del almanaquero ‘de no trabajar más composiciones de tal género, ni juicios del año que hasta aquí se han consentido’, se muestra partidario de que ‘los Calendarios en lo sucesivo salgan limpios de estas redundancias y que aprovechemos la presente ocasión de cercenarlas’. No obstante todo esto, y teniendo en cuenta que en Ortiz Gallardo le parecía haber habido más ‘ligereza e inconsideración’ que ‘malicia ni mal fin’, se muestra de acuerdo en que se le levante el apercibimiento, ‘tal vez perjudicial a su reputación, nombre y ascensos’.

Por todo ello, en conformidad con lo expuesto por el juez de imprentas, el 25 de enero de 1792 el Consejo resolvió que se alzase a Ortiz Gallardo ‘el apercibimiento y multa que se le impuso del importe de su honorario, la cual se le devuelva caso de haberla entregado’, disponiendo también ‘se le abone el salario consignado a su cátedra, correspondiente a los días lectivos que ha estado ausente y dejase de regentarla, restituyéndose luego a Salamanca para servirla’.Footnote37

Por lo que respecta al Juicio del Año, esta sección proseguirá en su forma y carácter consabido hasta la finalización de la serie en 1796, no obstante las reiteradas y retóricas protestaciones de Ortiz Gallardo. Así, si en el de 1793—todavía fresca su experiencia del correspondiente a 1792—deja caer que ‘debiera desterrarse de España esta práctica ridícula de poner Juicio del año, en unos papeles que son útiles, y buenos para todo lo demas, y aun absolutamente precisos para el gobierno público, Eclesiástico y Civil’, en el de 1794 confirma que ‘el Juicio del año ha de durar, los anuncios se han de hacer, y cayga el que cayere’.Footnote38

Pasemos ahora a indagar qué fue lo que movió al vicario eclesiástico a denunciar el Almanak, ó Kalendario General para el Año bisiesto del Señor de 1792. Como afirma Ortiz Gallardo en su justificación ante el Consejo, los refranes denunciados tienen una larga presencia lexicográfica y literaria. Cervantes pone en boca de Sancho el ‘Cada puta hile’ en el capítulo 46 de la Primera Parte del Quijote y el ‘Cada uno mire por el virote’ en los capítulos 14 y 49 de la Segunda Parte. Sin embargo, sus respectivos sentidos iniciales significando que cada uno haga lo que quiera y que cada uno mire por sí, se contaminaron muy pronto con el sentido obsceno que también tenían las voces ‘hilar’ y ‘virote’, al constituirse una dilogía en la que ‘hilar’ equivalía a copular y ‘virote’ se convierte en metáfora del pene. Encontramos dichos sentidos en obras cercanas en el tiempo al almanaque que nos ocupa en este estudio, como puede ser la aguada de Francisco de Goya San Fernando ¡cómo hilan!, fechada en torno a 1796–1797, en que se representa a tres prostitutas internas en el hospicio de San Fernando hilando la hebra de lino o cáñamo alrededor del huso—símbolo fálico—, o el Arte de putear de Nicolás Fernández de Moratín, escrito entre 1770–1774: ‘ … ¡Qué chusca estabas antes / de haber virotes ablandado / que te encajaron de asquerosas bubas, / y en un portal baldada te han dejado!’ (II, 334–37).Footnote39

Sin embargo del escándalo, real o imaginado, originado por la presencia textual en el calendario de estas expresiones juzgadas inmorales, el factor que creemos decisivo fue la contigüidad material en la composición tipográfica de la segunda hoja del calendario de pared entre las frases malsonantes resaltadas por la cursiva y el broche ritual ‘DIOS SOBRE TODO’ en mayúsculas ( y ). Esta combinación escandalosa se evidencia sobre todo en el calendario mural, de gran visibilidad para sus usuarios, que lo fijan en la pared a la altura de sus ojos, donde lo tienen colocado durante todo el año. Esta circunstancia puede apreciarse en el óleo Escena de interior. El rezo del rosario del pintor Luis Paret, datado entre los años 1784–1795 ( y ).Footnote40 En este cuadro de gabinete se representa a un grupo familiar de diferentes edades, de clase trabajadora, rezando el rosario en actitud respetuosa dentro de un interior humilde, caracterizado de forma realista por toda una serie de objetos que reflejan su vida material cotidiana. Entre ellos, bajo un vasar con unos pocos platos, vasos y botellas, se han colocado toda una serie de estampas religiosas e impresos de distinto carácter, entre ellos, un calendario de pared fijado a la altura de la vista. Ricardo Uribe ha destacado la presencia de los calendarios de pared—no necesariamente importados de la Península—durante el largo siglo XVIII a lo largo del entramado burocrático de oficinas y covachuelas de la América Española, conformando una estructura temporal a escala imperial.Footnote41 El cuadrito de Paret por su parte nos habla de la generalización de estos calendarios en la gran mayoría de los hogares españoles, independientemente de su clase social. Por todo ello, la yuxtaposición tipográfica de frases de contenido obsceno con una declaración de acatamiento último a lo sagrado en un impreso expuesto de modo destacado en interiores tanto públicos como privados no resulta admisible para una mentalidad religiosa tradicional. Esta negligencia no salta a la vista de modo tan evidente en el calendario de librillo, donde el final del Juicio del Año, con las frases comprometidas, se encuentra más disimulado en la página 5.

Figura 9 Luis Paret, Escena de interior. El rezo del rosario (1784–1795). Óleo sobre cobre (Palacio Real de Madrid). © Alamy.

Figura 9 Luis Paret, Escena de interior. El rezo del rosario (1784–1795). Óleo sobre cobre (Palacio Real de Madrid). © Alamy.

Figura 10 Detalle de Escena de interior. El rezo del rosario de Luis Paret en el que se observan las dos hojas de un calendario de pared, separadas por otro cartel intermedio sobre el que se ha colocado una lista de gastos de alimentación a modo de recordatorio. © Alamy.

Figura 10 Detalle de Escena de interior. El rezo del rosario de Luis Paret en el que se observan las dos hojas de un calendario de pared, separadas por otro cartel intermedio sobre el que se ha colocado una lista de gastos de alimentación a modo de recordatorio. © Alamy.

Volvamos la vista ahora al proceso de producción del Almanak, y Kalendario General para el Año bisiesto de 1792. La primera edición, en sus versiones de calendario de pared y calendario de librillo, se tuvo que realizar entre el 25 de mayo de 1791—data del original de imprenta preparado por Judas Tadeo Ortiz Gallardo—y el 17 de noviembre, día en que fue denunciado al Consejo por el vicario eclesiástico Igual de Soria, en cuya circunstancia Gabriel de Sancha tenía en su poder ya solamente 12 000 ejemplares del calendario de pared, habiendo distribuido el resto de la edición. La imprenta de los Sancha en la Aduana Vieja tenía por entonces 16 prensas, siendo solo superada por la Imprenta Real y la de la viuda de Pedro Marín—ambas con 21—, y la de Benito Cano—con 20.Footnote42 Su producción durante 1791, un año especialmente complicado para la Casa de Sancha, tras la muerte inesperada del patriarca Antonio en Cádiz el 30 de noviembre de 1790 y la necesidad urgente para su hijo mayor Gabriel de hacerse cargo de la empresa familiar, puede observarse en el , en el que no hemos incluido el Almanak, y Kalendario General para el Año bisiesto de 1792.

Gráfico 1 Producción de la Imprenta de Sancha en 1791, según formatos.

Gráfico 1 Producción de la Imprenta de Sancha en 1791, según formatos.

No obstante el sobresalto familiar y empresarial, 1791 es un año de crecimiento, pues se pasa de 22 volúmenes impresos en 1790 a 31, entre los cuales destacan dos tomos en folio de la Encyclopedia Metódica—el consagrado a Artes académicos y el primero de los dedicados al Arte militar. Se continúan también otras obras seriadas en marcha, manteniéndose el compromiso con sus suscriptores y clientes, pues aparte de la Encyclopedia Metódica, se prosigue con el Entretenimiento historico y chronologico de Cesare Calino, la Colección de los trages de todas las ordenes religiosas y militares de todo el mundo, la Historia critica de España y de la cultura española del exjesuita Masdeu y las Obras de Don Francisco de Quevedo Villegas, todas ellas comenzadas durante la década anterior.

Dentro de este contexto productivo, podemos suponer un período de producción máximo de cinco meses y medio para la impresión de la primera edición del Almanak, y Kalendario General para el Año bisiesto de 1792 en sus versiones de pared y librillo, transcurrido entre el comienzo del mes de junio y mediados de noviembre de 1791. Considerando que la semana laboral era de lunes a sábado, los días laborables en este período fueron solo 135, en los que incluimos los lunes, no obstante la costumbre de ‘guardar el lunes’ en muchas de las imprentas madrileñas—probablemente no en la de Sancha, por su más estrecha regimentación—, y tras haber restado 9 fiestas de precepto en que no se podía trabajar incluso habiendo oído misa.Footnote43 Teniendo en cuenta que la jornada o producción diaria por prensa era de 3 resmas—o 1500 pliegos—, si multiplicamos 135 por 3 obtenemos el número de resmas por prensa impresas a lo largo de este período, 405. Como en esos 135 días se produjeron 601 resmas de calendarios de pared en formato folio a imprimir por una sola cara y 603 de librillo en formato 8° a imprimir por ambas—blanco y retiración—, para afrontar este encargo se debieron utilizar al menos dos prensas.Footnote44

Por lo que respecta a los precios, el expediente del AHN no menciona en ningún momento a cuánto se vendían los almanaques impresos por los Sancha entre 1780 y 1796. Vilà Urriza en su estudio sobre el informe de Juan Curiel sobre calendarios de 1767, recoge en un gráfico algunos precios de venta al por mayor a ciegos y vendedores ambulantes, así como de venta al público al detalle, de los impresos por esos años por Antonio Sanz. Los calendarios de librillo se vendían entonces al público en Salamanca al precio de 6–8 maravedís—y a 70 reales por resma para los distribuidores—, mientras que en Córdoba lo eran a 8; y los de pared o murales tenían un precio de 10–12 maravedís en Salamanca, y 12 maravedís en Córdoba—8 maravedís para los distribuidores.Footnote45 Dos décadas después, una vez cedido el privilegio de impresión y venta del calendario al Real Observatorio Astronómico de Madrid por real cédula de 18 de noviembre de 1796, que lo arrendó a los comerciantes madrileños Juan de Brugada y Juan Bautista Torres, sus editores-impresores a partir del correspondiente a 1797, hemos localizado los siguientes precios para Madrid: 5 cuartos o 20 maravedís, para el calendario de pared, y 4 cuartos o 16 maravedís, para el de librillo en formato 8°.Footnote46 El precio ligeramente más alto de los calendarios de pared frente a los de librillo, más allá de la necesidad de cortar el pliego impreso inicial a fin de separar las dos hojas apaisadas que los conforman, podría explicarse por el mayor coste que implicaría el almacenaje y eventual transporte de ambas hojas a fin de ofrecérselas al público en el mejor estado posible y sin apenas arrugas; todo ello frente a la facilidad de empaquetar y almacenar los pliegos en 8° de los calendarios de librillo para su conservación y envío.

Estos bajísimos precios, muy por debajo del real de plata—equivalente a dos reales de vellón—que solían costar los pronósticos ya en la primera mitad del siglo o los 2 reales de vellón que costaba una comedia suelta en 4° en los años noventa, contribuyeron sin duda a la generalización del consumo de los calendarios dentro de la sociedad española y justificaban las enormes tiradas anuales de estas menudencias de imprenta.

En 1788 Eugenio Larruga pasa revista en sus Memorias políticas y económicas sobre los frutos, comercio, fabricas y minas de España al nivel de desarrollo alcanzado y a las expectativas inmediatas de los diferentes sectores económicos al final del reinado de Carlos III. Al contemplar el mercado del libro en la capital madrileña no puede evitar dirigir su ironía hacia aquellos buenos ciudadanos de su tiempo, ‘zelosos de la felicidad pública’, siempre quejosos de que ‘es una plaga lo que se imprime en Madrid, que todo es frusleria’, sin considerar que en España ‘son muy pocos hasta ahora los aplicados á los libros, que gasten con gusto 20, 50 ó 100 reales en una obra sólida, y de mérito. Y si las obras voluminosas no pueden tener el consumo necesario para cubrir siquiera los gastos de la impresión; ¿cómo se ha de atrever ninguno a su publicacion?’.Footnote47 Lo reducido del público consumidor capaz de adquirir obras de envergadura debido a su precio y exigencia cultural—recuérdese que por esos mismos años Antonio de Sancha solo consiguió unos 385 suscriptores para su edición de la Encyclopedia metódica—, justificaba para Larruga el inexcusable sentido económico que tenían todas estas menudencias de imprenta:

De qualquier modo que sea, como se imprima por nosotros, es muy conveniente sostener las imprentas; porque las mismas vagatelas son alicientes para mantener las oficinas, aumentarlas, y ponerlas en estado de trabajar obras grandes. Estos papeles, que son frioleras en dictámen de los que no son amantes del bien comun, suministran diariamente al grabador, al fundidor, al papelero, y al impresor con que mantener sus respectivas fabricas. Con estos socorros las sostienen en los principios, y las aumentan al paso que con ellos van gustando de las ganancias, que es lo único que estimula el hombre al trabajo.

El expediente abierto por el Consejo de Castilla tras la denuncia del vicario eclesiástico de Madrid del calendario para 1792 impreso por Gabriel de Sancha, una de estas menudencias o bagatelas de imprenta, nos ha permitido conocer de modo exacto la enorme magnitud de las tiradas de un impreso de uso cotidiano del que apenas ha quedado rastro material. Gracias a esta documentación hemos podido determinar que su impresión y distribución fue un encargo realizado por Campomanes, subdelegado de penas de Cámara y Gastos de Justicia, en 1779 a Antonio de Sancha, una vez reasumido por el estado el privilegio de impresión del Almanak, y Calendario General que disfrutó durante décadas Antonio Sanz. La Casa de Sancha, por tanto, no corría en este caso ningún riesgo económico al acometer su impresión y distribución, pudiendo compensar con el pago de esta actividad, junto a tareas semejantes, los retos que planteaban algunas de sus aventuras editoriales de mayor envergadura, asumidas plenamente por la empresa familiar.

El expediente que hemos estudiado nos ha permitido contemplar asimismo cómo en ocasiones el control de la administración sobre los impresos que esta produce puede caer en la rutina y el descuido. No obstante, la celeridad con que en este caso supo actuar ante un posible escándalo nos muestra también una inesperada capacidad de reacción en el Consejo de Castilla y el juez de imprentas.

Esta importante documentación confirma lo ineludible de la consulta de los expedientes de censura y licencias si queremos vislumbrar no ya lo que no se permitió imprimir durante nuestro largo siglo XVIII, sino todo aquello que produjeron nuestras prensas y de lo que no ha quedado apenas rastro, como fue el caso de los almanaques y calendarios de pared y librillo impresos por los Sancha entre 1780 y 1796.Footnote*

Notes

1 Antonio Rodríguez-Moñino, La imprenta de Don Antonio de Sancha (1771–1790). Primer intento de una guía bibliográfica para uso de los coleccionistas y libreros (Madrid: Castalia, 1971).

2 Se trata del documento CCPB000928795-7, que registra un ejemplar conservado en la Biblioteca Capitular de la Catedral de Huesca.

3 Lleva la signatura BNE Z/39530(1).

4 Francisco Aguilar Piñal, Bibliografía de autores españoles del siglo XVIII, 10 vols (Madrid: CSIC, 1981–2001), VI (1991), 207, n° 1536.

5 Agradezco a la heredera de este significativo conjunto de calendarios de procedencia familiar, en el que se incluyen algunos más producidos por otros impresores durante el largo siglo XVIII, su continuada amabilidad al permitirme el examen de los mismos.

6 Fernando Durán López, Juicio y chirinola de los astros: panorama literario de los almanaques y pronósticos astrológicos españoles (1700–1767) (Gijón: Ediciones Trea, 2015), 27.

7 ‘Dios sobre todo’, antes ‘Deus super omnia’, es una fórmula conclusiva que expresa una restricción o cautela ritual a cualquier vaticinio que pudiera escapar a los límites impuestos por la iglesia católica a la astrología judiciaria. Véase Fernando Durán López, De las seriedades de Urania a las zumbas de Talía: astrología frente a entretenimiento en la censura de los almanaques de la primera mitad del XVIII, Anejos de Cuadernos de Estudios del Siglo XVIII, 6 (Oviedo: Instituto Feijoo de Estudios del Siglo XVIII/Gijón: Ediciones Trea, 2021), 17–18.

8 En AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100.

9 El catálogo digital de la Biblioteca Histórica Municipal de Madrid señala su intervención en la aprobación de quince comedias y sainetes entre 1790 y 1794, en ocho casos obras de Luciano Francisco Comella. Igual de Soria sería nombrado obispo de Pamplona a finales de septiembre de 1795.

10 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 3.

11 Para los calendarios de pared, especialmente por lo que respecta a sus características materiales durante el XVII, resultan imprescindibles los trabajos de Jaime Moll, ‘El Privilegio del calendario anual en el siglo XVII’, en Las ‘Relaciones de sucesos’ España (1500–1750). Actas del primer Coloquio Internacional (Alcalá de Henares, 8, 9 y 10 de junio de 1995), ed. Henry Ettinghausen et al. (Paris: Publications de la Sorbonne/Alcalá de Henares: Servicio de Publicaciones de la Univ. de Alcalá, 1996), 253–59; Víctor Infantes, ‘Los impresos de una sola hoja en los tiempos áureos’, en Del libro áureo, ed. Víctor Infantes (Madrid: Calambur, 2006), 121–35; y Luis Gutiérrez-Ortiz, Pronóstico y calendario de 1628 (Valladolid: Gerónimo Morillo, 1627), ed. Anastasio Rojo, Víctor Infantes & Jaime Moll (Madrid: Memoria Hispánica, 1997).

12 La supervivencia hasta nuestros días de los calendarios de pared, que solían destruirse una vez concluida su utilidad práctica, resulta todavía más excepcional que la de los calendarios de librillo y apenas se conservan en archivos y bibliotecas. El Archivo Municipal de Toledo ha digitalizado su colección de calendarios de pared madrileños impresos entre 1681 y 1763, <https://www.toledo.es/toledo-siempre/exposiciones-virtuales/los-almanaques-del-archivo-municipal-de-toledo/>, al tiempo que la Hemeroteca Municipal de Madrid ha hecho lo propio con otra colección de calendarios murales sevillanos producidos entre 1773 y 1811, <http://www.memoriademadrid.es/buscador.php?accion=VerFicha&id=300034&num_id=3&num_total=3> (consultados 20 de agosto de 2021).

13 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 5.

14 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fols 9–10.

15 ‘Cada resma debe constar de 500 pliegos útiles […]. Ésta se divide en 20 manos con 25 pliegos cada una, ó 5 cuadernillos’ (Juan José Sigüenza y Vera, Mecanismo del arte de la Imprenta para facilidad de los operarios que le exerzan [Madrid: Imprenta de la Compañía, 1811], 38).

16 Francisco Surià y Burgada, impresor localizado en la barcelonesa calle de la Paja, imprimirá la serie de los Almanak, y Calendario General de Judas Tadeo Ortiz Gallardo entre 1780 y 1796. Con anterioridad lo había hecho Pablo Campins por concesión de Antonio Sanz, dueño del privilegio. Todos los calendarios impresos por Surià lo son en la modalidad de librillo, no se conoce ninguno en la versión de pared, aunque cabe la posibilidad de que existieran.

17 Para la actividad almanaquera de Judas Tadeo Fermín Gallardo en estas décadas, léase Fernando Durán López, ‘La “prohibición” de 1767, la censura y el fin de la época dorada del almanaque (1766–1800)’, en Torres Villarroel y los almanaques: literatura, astrología y sociedad en el siglo XVIII, ed. Fernando Durán López & Ana Isabel Martín-Puya (Madrid: Visor Libros, 2022), 351–98 (pp. 374–81 & 385–88); también Durán López, Juicio y chirinola de los astros, 72.

18 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fols 15­­–­16.

19 ‘TILDAR. v. a. Borrar, ò testar alguna letra, ò cláusula con una raya, ò tilde, de cuya voz se forma. Lat. Delere. Obliterare’ (Diccionario de Autoridades, 6 vols [Madrid: Herederos de Francisco del Hierro, 1726–1739], VI [1739], 275).

20 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fols 16–17.

21 Natàlia Vilà Urriza, ‘El informe de Juan Curiel sobre los calendarios (1766–1767)’, Titivillus. Revista Internacional sobre Libro Antiguo, 6 (2020), 83–99 (p. 86). Vilà Urriza afirma que Antonio Sanz mantuvo su privilegio ‘hasta principios de 1780’, pero esto lo contradice el hecho de que en el pie de imprenta del correspondiente a dicho año puede leerse ‘Por Don Antonio de Sancha. Con Licencia, y Orden del Consejo, Año de 1780’. Teniendo en cuenta el tiempo necesario para acometer su impresión, Sanz debió perder el privilegio de impresión del Almanak, y Kalendario General durante la primera mitad del año 1779. Es importante no confundir este producto impreso con el Kalendario manual y Guía de forasteros en Madrid, cuyo privilegio de impresión lo readquirió en 1769 la corona de Sanz, que lo poseía desde 1730, imprimiéndolo la Imprenta Real de la Gaceta a partir del correspondiente a 1770. Véase al respecto Gabriel Sánchez Espinosa, ‘La producción editorial del despotismo ilustrado: la Imprenta Real’, en Imprenta Real: fuentes de la tipografía española, coord. José María Ribagorda (Madrid: AECID, 2009), 73–86 (pp. 75–76).

22 Gazeta de Madrid, 18 de octubre de 1791, p. 763.

23 ‘OFICIO. Se llama tambien la Oficina de los Escribanos, donde trabajan, y hacen los instrumentos públicos, y despachan lo que es de su exercicio. Lat. Officina notariorum, seu tabellionum’ (Diccionario de Autoridades, V [1737], 22).

24 La cuenta de las costas causadas por el expediente formado en el Consejo se encuentra en AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 20.

25 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 18.

26 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fols 18–19.

27 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 23.

28 ‘QUADERNILLO. Se llama también el conjunto de cinco pliegos de papel, que es la quinta parte de una mano. Lat. Quinque philurarum fasciculus’ (Diccionario de Autoridades, V [1737], 445). Para la actividad y el estilo de vida de algunos vendedores ambulantes de almanaques contrahechos en el área de La Rioja a comienzos de los años 60, véase Alberto Gamarra Gonzalo, ‘Los “invisibles” del comercio del libro: perfil de varios vendedores ambulantes de impresos en el XVIII’, Titivillus. Revista Internacional sobre Libro Antiguo, 3 (2017), 91–115 (pp. 95–104).

29 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 23.

30 El único ejemplar de la segunda edición del Almanak, y Kalendario General para el Año bisiesto de 1792—versión librillo—que ha llegado hasta nosotros se conserva en AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fols 26–32. En su página 5 se comprueba, efectivamente, que han sido suprimidas las expresiones obscenas al final del Juicio del año.

31 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 34.

32 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fols 38–39. Aunque en referencia al caso francés, Robert Darnton traza ejemplarmente la relación simbiótica—pero extremadamente desigual—que se establece entre los editores-libreros mayoristas y estos ínfimos agentes situados en los extremos de la ‘red capilar’ de distribución de impresos en las décadas finales del Antiguo Régimen en el capítulo ‘Loudun: Peddling and the Capillary System’ de su libro A Literary Tour de France: The World of Books on the Eve of the French Revolution (Oxford: Oxford U. P., 2018), 183–213.

33 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 36.

34 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fols 40–41.

35 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fols 40–41.

36 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 42.

37 AHN, Consejos, leg. 5557, exp. 100, fol. 43.

38 Almanak, y Kalendario General […] para el Año de 1793 (Madrid: en la Imprenta de Sancha, 1793) 4. Almanak, y Kalendario General […] para el Año de 1794 (Madrid: en la Imprenta de Sancha, 1794), 5.

39 La aguada San Fernando ¡cómo hilan!, conservada en una colección particular estadounidense, se reproduce y comenta en el catálogo Goya y el espíritu de la Ilustración (Madrid: Museo del Prado, 1988), 202–03, en una interesante ficha firmada por Teresa Lorenzo de Márquez. Finalmente, Goya decidió no grabar este dibujo e incluirlo en la serie de sus Caprichos. Para la cita, véase Nicolás Fernández de Moratín, Arte de putear, ed. intro., notas y glosario de Isabel Colón Calderón y Gaspar Garrote Bernal (Málaga: Ediciones Aljibe, 1995), 155.

40 Véase el catálogo Luis Paret y Alcázar 1746–1799 (Vitoria: Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, 1991), 274–77, con ficha n° 28 a cargo de Juan José Luna. Las medidas de este óleo sobre cobre, en las colecciones de Patrimonio Nacional, son 57 × 40 cm.

41 Ricardo Uribe, ‘Composición, impresión y consulta del tiempo en los calendarios iberoamericanos (Valladolid 1628–Bogotá 1888)’, en Escribir el tiempo: cultura escrita y tiempo social (siglos XVI–XX): los soportes escritos de la representación del tiempo, ed. Renán Silva Olarte, Historia y Sociedad, 37 (2019), 52–82.

42 Estos datos corresponden al año 1788. Véase Eugenio Larruga, Memorias politicas y economicas sobre los frutos, comercio, fabricas y minas de España, con inclusion de los reales decretos, ordenes, cedulas, aranceles y ordenanzas expedidas para su gobierno y fomento, 45 vols (Madrid: por Don Antonio Espinosa, 1787–1800), III (1788), 212.

43 ‘Las imprentas he visto yo muchas veces, sin que lo puedan remediar los impresores, ni aun agasajando á sus gentes, desamparadas los lunes de oficiales, como de los aprendices. Cortado este dia de la semana, con los de fiesta, hacen un menoscabo considerable á la industria popular; y lo mismo sucede, si en los dias festivos, en que oyendo misa es licito trabajar, se dispensan de sus tareas los artesanos, y se entregan al ocio y á las diversiones’ (Pedro Rodríguez de Campomanes, Discurso sobre la educación popular de los artesanos, y su fomento [Madrid: Imprenta de D. Antonio de Sancha, 1775], 130–31). La costumbre de faire le lundi o no ir a trabajar los lunes era práctica muy extendida entre el personal de las imprentas europeas del Antiguo Régimen. Véase Robert Darnton, Pirating and Publishing: The Book Trade in the Age of Enlightenment (New York: Oxford U. P., 2021), 263.

44 El ya citado Eugenio Larruga señala como habitual esta tirada diaria de 3 resmas por prensa, en Memorias politicas y economicas, III, 214, nota 1. Véase también Jaime Moll, ‘La imprenta manual’, en Imprenta y crítica textual en el Siglo de Oro, dir., Francisco Rico, ed. Pablo Andrés Escapa & Sonia Garza Merino (Valladolid: Univ. de Valladolid, Centro para la Edición de los Clásicos Españoles, 2020), 13–27 (p. 24).

45 Vilà Urriza, ‘El informe de Juan Curiel sobre los calendarios’, tabla 2, 93.

46 ‘El Kalendario del año próximo de 1797, que por privilegio exclusivo de S. M. se ha compuesto en el Real Observatorio astronómico de esta Corte, se vende desde el dia 15 del corriente, en la Tienda de D. Juan de Brugada, calle de Barrionuevo n. 26, y en la de D. Juan Bautista Torres, calle del Carmen, frente á la Inclusa, á 5 qtos. impreso en dos pliegos, y á 4 en uno, lo que se previene al público por si quiere ahorrarse el aumento que llevan sus revendedores’ (Diario de Madrid, 19 de noviembre de 1796, p. 1321). Recuérdese que el cuarto equivale a 4 maravedís y el real de vellón contiene 34 maravedís.

47 Larruga, Memorias politicas y economicas, III, 216–18.

* Cláusula de divulgación: el autor ha declarado que no existe ningún posible conflicto de intereses.