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Estudio de las transformaciones formales y funcionales en el género de los cartularios: el ejemplo de los becerros del monasterio de Sahagún (siglos XI–XIV)

Pages 44-56 | Received 13 Oct 2014, Accepted 24 Jan 2015, Published online: 12 Mar 2015
 

Abstract

This article aims to provide a comparison of the logics of formal and functional production that governed the compilation of two cartularies from the monastery of Sahagún, with the aim of highlighting the noticeable changes in cartulary production in the kingdom of León and Castile between the eleventh and fourteenth centuries. The article thus aims to offer an insight into the development of the social dynamics in the use and purpose of diplomatic writing over that period.

Agradecimientos

Este trabajo se ha desarrollado con el apoyo de una ayuda para la Especialización de Personal Investigador del Vicerrectorado de Investigación de la UPV/EHU, Universidad del País Vasco, (2013) y dentro del proyecto dirigido por Juan José Larrea y Francesca Tinti: Escribir el espacio en la Alta Edad Media, financiado por el Ministerio de Economía y Competitividad, HAR2013-44576-P.

Notes on contributors

Leticia Agúndez is a researcher in the Department of Medieval, Modern and American History, at the University of the Basque Country. She received her PhD in Medieval History from the University of Cantabria (2011) with a thesis entitled “Memoria, escritura y control social: la construcción de la memoria histórica en el monasterio de Sahagún (siglos X a XIII)”. Recent pubications include: “Escritura, memoria y conflicto entre el monasterio de Sahagún y la catedral de León: nuevas perspectivas para el aprovechamiento de los falsos documentales (siglo X a XII),” Medievalismo 19 (2009): 261–85; “Memoria y cultura en la documentación del Monasterio de Sahagún: la respuesta de las fórmulas ‘inútiles' (904–1230),” Anuarios de Estudios Medievales 40/2 (2010): 847–88; and “La autoridad historiográfica como instrumento de reformulación memorial: prácticas de herencia y renovación en la Primera Crónica Anónima de Sahagún,” e-Spania. Revue interdisciplinaire d’études hispaniques médiévales et modernes 19 (2014).

Notes

1Para la intervención de los productores materiales y su grado de fidelidad documental, véase Fernández y Herrero, “Libertades de los copistas”; Fernández, “La huella de los copistas”; Serna, “Munio y el Becerro Gótico” o García Andreva, “Del manuscrito al cartulario”. Para su concepción como instrumentos archivísticos, véase Mendo, “El cartulario como instrumento archivístico” o Sánchez, “Los cartularios desde la perspectiva archivística”. Para el análisis de sus signos gráficos como proveedores de validez documental y jurídica, véase Pacheco, “El signum manuum”. Para el análisis de su materialidad y la comprensión de los diversos aspectos de su confección, véase Suárez, “Partidos de cartularios”. Para su contribución a la difusión lingüística de la lengua romance, véase Laguna, “Notas sobre algunos rasgos romances”; Perdiguero, “La importancia de los cartularios de Valpuesta” o García Andreva, “Estudio léxico del Becerro Galicano”. Para su pertinencia para la reconstrucción toponímica y para la aproximación arqueológica de su composición, véase Peterson, “Toponimia vasca medieval”. Para su potencial como recreadores del pasado y constructores de memorias e identidades particulares, véase Sanz, “Cartularios: historia y falsificación”; Kosto, “The Liber Feudorum maior”; Escalona et al., “Volver a nacer”; Montaner, “Ficción y falsificación”; Peterson, “Reescribiendo el pasado”; Peterson, “Rebranding San Millán”; Calleja, “Cartularios y construcción de la memoria monástica” o Agúndez y García de Cortázar, “Los cartularios monásticos revisitados”. Para sus posibilidades de análisis metodológico y de reconstrucción de originales perdidos, véase Fernández, “El llamado Tumbo Colorado”; Azcárate, “Una fuente ‘casi' perdida”; Sánchez, “Propuestas metodológicas” o Peterson, “El ‘Becerro gótico' de San Millán”. Para la evolución del propio género, véase Baiges, “Liber feudorum maior” o Castro y Pichel, “El Cartulario de Caaveiro”. Para las ventajas y limitaciones de sus trabajos de digitalización, véase Tinti, “Fuentes escritas”. Como aportaciones colectivas destacan los volúmenes coordinados por Rodríguez y Claret, La escritura de la memoria, y Escalona y Sirantoine, Chartes et cartulaires. Como proyecto innovador sobresale la edición digital del coordinado por Larrea y Tinti, Becerro Galicano de San Millán de la Cogolla.

2En el análisis de las prácticas de cartularización desarrolladas en el reino de León y Castilla durante los siglos centrales y finales de la Edad Media es necesario señalar una casuística que limita la consecución de este objetivo, aunque no coincide con las fuentes seleccionadas para este estudio. Me refiero a la existencia de cartularios facticios cuya contextualización ha sido, en ocasiones, establecida de forma errónea en función del tipo de escritura empleado. A esto se añade que la complejidad de su proceso de génesis mediante diferentes unidades codicológicas impide fijar una sola fecha de composición de la totalidad del volumen, cuya fecha de compilación definitiva puede remontarse a varios siglos más tarde de su primera agrupación. Esta realidad ha sido espléndidamente estudiada para el caso de los tumbos de Santa María de Sobrado por Suárez, “Los libri cartarum superaddi”. Además, con la intención de determinar unas pautas comunes a las prácticas de cartularización de cualquier territorio determinado es necesario atender, como apuntan Guyotjeannin y Morelle, a que detrás del valor del estudio de estas compilaciones, desde la perspectiva genérica de las prácticas de escritura y de memoria, existe el riesgo de ignorar sus especificidades que deben ser analizadas como una complejidad irreductible, especialmente respecto al cuestionamiento de su tradición. Guyotjeannin y Morelle, “Tradition et réception de l'acte médiéval,” 384.

3Becerro Gótico (BG). Becerro Segundo (BS). Parte de la bibliografía dedicada al primer becerro ha sido citada anteriormente. Otras referencias son Shailor, “The Scriptorium of San Sahagún”; Romera, “El Becerro Gótico”; Agúndez, “Análisis de las dinámicas de producción”; Herrero, “Del Becerro Gótico de Sahagún al Tumbo Legionense”.

4En el año 1973 fue sometido a una restauración, de acuerdo con los criterios y usos propios del momento, que determinó su actual estado de presentación especialmente en lo que respecta a su encuadernación

5Colección diplomática del monasterio de Sahagún volúmenes I–V (CDS); Mínguez, CDS I, n° 8; Álvarez et al., CDS VII, n° 2624.

6Este dato se hace evidente, por ejemplo, en la ausencia de íncipits al inicio de cada libro, como ocurre en el BG.

7La lógica discursiva es evidente hasta el folio 51v debido a la similitud en las tipologías documentales contenidas, a su agrupación por otorgantes y a la estrategia defensiva que desarrollan dentro de la confección del becerro.

8Álvarez et al., CDS VII, nos. 2110 y 2227. La identificación de este grupo de diplomas como un bloque documental coherente se establece no sólo en función del contenido y el tipo de escritura, sino también en el uso de tinta azul que demuestran de forma exclusiva en el becerro. Su disposición demuestra la intencionalidad de ofrecer dentro de la lógica discursiva del becerro una completa y coherente lectura sobre la evolución de estos dos importantes conflictos jurisdiccionales mantenidos por el monasterio.

9Se trata de los diplomas otorgados por Inocencio II y Lucio III, así como algunos de Honorio III. Su exclusión de los folios del becerro atiende a la falta de relevancia de su contenido respecto a la defensa de la exención eclesiástica que articula el discurso del cartulario mediante esta serie documental.

10En los folios 52r–53v se conserva una miscelánea de textos que carece de coherencia discursiva, entre los que destacan unos extractos de los evangelios de Mateo (20: 20–23), Lucas (10: 38–41) y Juan (19: 25–27); un extracto de las penas pecuniarias recogidas en los fueros y en otras donaciones regias; o el regesto de algunas indulgencias papales copiadas en el becerro. No es frecuente encontrar fragmentos de evangelios en cartularios hispanos, aunque la inclusión de documentos de gestión en textos sacros es una práctica constatada en diferentes territorios. Véase por ejemplo para el caso anglosajón, Tinti, “Si litterali memorie commendaretur,” 475–97.

11Herrero, CDS II, nos. 680, 764; CDS III, nos. 781, 782, 809, 911, 991, 1085; Fernández, CDS IV, n° 1219.

12Mínguez, CDS I, nos. 8, 28, 93, 97, 98, 99, 255, 261; Herrero, CDS II, nos. 404, 444, 449, 534, 781, 782.

13Dentro de esta fase destacan los diplomas atribuidos a los reyes Alfonso III y Ramiro II, fundador y restaurador del monasterio respectivamente.

14Agúndez, “Escritura, memoria y conflicto”.

15Herrero, CDS III, n° 809.

16Herrero, CDS III, n° 885. Según esta sentencia, cuyo contenido no ha planteado sospechas a los investigadores, el arzobispo toledano solicitó al abad de Sahagún la realización de un inventario de las iglesias en las que el obispo no debería recibir tercias.

17Mínguez, CDS I, n° 28.

18Herrero, CDS III, nos. 823, 830, 974.

19La motivación de su tardía inserción se debe, en mi opinión, a la concesión de un nuevo fuero por Alfonso VII en 1152 que perjudicaba las aspiraciones monásticas. Fernández, CDS IV, n° 1314.

20Gaffard, “Poesis de la chronique,” 102. A esta intención podría responder también la exclusión del fuero de Alfonso VII, que hace referencia explícita a desacuerdos existentes entre el poder monástico y los burgueses, y la incorporación, por el contrario, de un diploma de este rey del mismo año que muestra su generosidad con el cenobio.

21Chastang, “Memoire des moines,” 179.

22Para conocer más en detalle todos estos episodios véase Martínez, “El dominio señorial,” 294–391 y 608–43.

23Exceptuando la copia de la concesión de coto por Alfonso III en los folios 68r y 69r, es decir, en un estadio muy avanzado de la confección del becerro y al margen de su corpus primigenio. Esta operación de exclusión también afectó a los falsos confeccionados en la disputa por la exención eclesiástica con la catedral de León. Me refiero, especialmente, al diploma de donación de diezmos por el obispo leonés Fruminio.

24Ciertamente, la inclusión del cenobio en el territorio castellano tras la muerte de Alfonso VII supuso una ruptura con los tradicionales vínculos de unión entre el monasterio y la corona leonesa, y, además, originó un foco constante de conflicto al dispersar las propiedades monásticas en la disputada línea de frontera. Así, pudiera pensarse que al evitar la remembranza de este período de división y dispersión de los bienes del cenobio se trataba de evitar una fuente de posible cuestionamiento para las prerrogativas y privilegios que se adjudicaba la comunidad de monjes en la composición del BS.

25Herrero, CDS III, n° 823; Fernández, CDS IV, n° 1314 ; CDS V, n° 1752.

26Chastang, Lire, écrire, transcrire, 359–70.

27Fernández, CDS IV, n° 1895; CDS V, nos. 1910, 1913 y 1916. También se recoge la segunda sentencia arbitral de Juan Fernández con fecha de 3 de marzo de 1302, documento no regestado en la colección diplomática.

28Fernández, CDS V, n° 1687. La vinculación de estos diplomas se refuerza no sólo a través de su ordenación contigua sino que la ausencia de fórmulas finales en la copia del fuero y de título y fórmulas iniciales en el diploma de acuerdos pretende favorecer una continuidad discursiva como si se tratase del contenido de un sólo documento.

29Fernández, CDS V, nos. 1620, 1650, 1807, 1808, 1809. Álvarez et al., CDS VII, n° 2084.

30 Fernández, “El becerro de Presentaciones,” 265–565. Códice 13 del Archivo de la Catedral de León.

31Fernández, “El Becerro de Presentaciones,” 286.

32Fernández, CDS V, nos. 1604, 1620.

33La cronología próxima de los códices vecinos encaja con el argumento de Rosé de la emulación y la competencia como causas de la producción de cartularios por instituciones cercanas. Rosé, “Panorama de l’écrit,” 15.

34Como señala Sanz, a lo largo del siglo XIII la actuación escrituraria se multiplicó debido, entre otras causas, al espaldarazo que proporcionó la burocratización de la monarquía, especialmente mediante el Ordenamiento de Alcalá, a la consolidación de los más potentes señoríos laicos y de nuevos organismos como las universidades y concejos necesitados del texto escrito para su correcta administración y gobierno, al surgimiento de códices diplomáticos procedentes de nuevas órdenes monásticas, a la proliferación de códices legales como el Fuero Juzgo o el Libro de los Fueros de Castiella y, especialmente, a la implantación del notariado romanista. Por lo que se refiere a la institución del notariado, su establecimiento se debe a la recepción de las nuevas corrientes jurídicas que desde Bolonia propugnaban unos nuevos planteamientos en lo relacionado a la autenticidad de los documentos particulares. Sanz, “La escritura gótica documental”. Para el caso concreto del reino de León, según el criterio de Martín, se reconocen tres etapas en la consolidación del notariado público. La etapa inicial, que comprende las tres primeras décadas del siglo XIII, se caracteriza por la continuidad con el período anterior respecto a la consignación de los autores materiales de la escritura de las cartas privadas y al empleo de los formularios documentales. En la segunda etapa, que se prolonga hasta el año 1257, se registra la apertura de vías para la renovación en el sistema escriturario. Finalmente, la última etapa, se caracteriza por la concreción en León de la nueva doctrina legal, contenida en el Fuero Real (1255) y completada poco después en el Espéculo (1260), con el triunfo del principio básico de que el notario no es un simple amanuense sino el titular de un oficio público o comunal cuya actividad estaba reglada por la ley y cuya función debía ser conferida legítimamente. En consecuencia, durante este período se documenta el triunfo del auténtico notariado público y nuevas formulaciones en los documentos para elevarlos a la condición de testimonios legalmente reconocidos. Martín, “Los notarios en León.” Para conocer más sobre el notariado en la Edad Media véase el volumen colectivo dedicado al Notariado público y documento privado: de los orígenes al siglo XIV. Actas del VII Congreso Internacional de Diplomática y el estudio de Obarrio, “El renacimiento del notariado” .

35Fortún, “El señorío monástico,” 195–8.

36Rosé, “Panorama de l’écrit,” 14.

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