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La ficción como amparo legal del arte: titiriteros, raperos y libertad de expresión en la España pos 15-M

Pages 411-428 | Published online: 01 Sep 2020
 

RESUMEN

Las polémicas sentencias a prisión de cantantes, teatreros o tuiteros han situado en el punto de mira a España en un debate sobre la libertad de expresión que ha cruzado las fronteras estatales. Desde la explosión del fenómeno del 15-M, el Estado español ha sufrido en los últimos seis años una deslegitimación frontal inédita no solo desde el independentismo catalán, sino también desde parte del ámbito cultural y artístico español. Este trabajo trata de entender algunos de los elementos clave que han regido la relación entre arte, Estado y libertad de expresión en esta etapa convulsa. A partir del análisis cultural de las sentencias a los titiriteros que llevaron a cabo la obra La bruja y Don Cristóbal (2016) y de los fallos a los raperos Valtònyc, Pablo Hasél y el colectivo La Insurgencia, se examina cómo la noción de ficción, entendida desde los preceptos aristotélicos sobre drama de Santiago Trancón y Hans-Thies Lehmann, ha jugado un papel significativo en lo que respecta a la libertad de expresión artística en este periodo. El rol de esta ficcionalidad en la absolución de los titiriteros, aunque resulta ambiguo, apunta a su potencial como elemento de amparo legal en este tipo de manifestación artística. Respecto a los raperos, es precisamente el descarte de la misma el elemento fundamental que los lleva a la condena. En última instancia, se contemplan las complejidades de un espacio artístico que gravita entre la vida y la estética en aras de repensar el diálogo entre arte y libertad de expresión en la contemporaneidad.

Agradecimientos

Este ensayo está en deuda con el pre-revisor y los dos revisores de la revista. Sus aportaciones han sido fundamentales para el marco teórico así como para el desarrollo del argumento.

Disclosure statement

No potential conflict of interest was reported by the author(s).

Nota biográfica

Mariona Surribas es investigadora de estudios culturales y literarios ibéricos, y se especializa en los movimientos contraculturales contemporáneos con énfasis en teatro y performance. Doctoranda en The Ohio State University y licenciada en Humanidades por la Universidad Pompeu Fabra, su investigación se centra en la relación entre arte, Estado y libertad de expresión en la España democrática. Ha publicado artículos y reseñas en revistas de cariz internacional. Email: [email protected]

Notes

1 La libertad de expresión ocupó notablemente el debate público en los años de Transición, especialmente tras la prohibición a finales de 1977 de la obra de teatro La Torna creada por la compañía Els Joglars de Albert Boadella (Imbert Citation1990, 24). Respecto al concepto de democracia, se trata de un término complejo y controvertido: ver Touraine (Citation2018) o Sartori (Citation2007).

2 La relación entre el 15-M y la oleada de detenciones ocurrida tres años después de la eclosión del movimiento necesita de más estudio puesto que entran en juego varios factores sociopolíticos y económicos paralelos a las revueltas indignadas, y que exceden el cometido de este artículo.

3 Los dieciséis artistas procesados que han sido enviados a prisión por sus trabajos son los analizados en este ensayo: los doce integrantes de La Insurgencia, Pablo Hasél, Valtònyc y los dos titiriteros Alfonso Lázaro y Raúl García.

4 El concepto de Estado en este trabajo hace únicamente referencia al aparato legislador del mismo. Es decir, funciona como metonimia ya que se refiere a una de las ramas de lo que Althusser llama “aparato represivo del estado” (poder ejecutivo, judicial y policial-militar) (Citation2000). Sin embargo, la definición de Estado es mucho más amplia y compleja. Al respecto, ver Jessop (Citation2017).

5 La libertad de producción artística queda recogida en la Constitución Española (CE), en el artículo 20, párrafo 1, apartado b. Tal y como señala José Calvo González, la creatividad artística “es contemplada jurídicamente como una manifestación de la libertad de expresión” (Citation2008, 7).

6 Ver Plipat (Citation2018) y el informe de Amnistía Internacional (Citation2018).

7 El límite máximo de pena se aumenta de dos a tres años (Boletín Oficial del Estado, núm. 77, 31 marzo 2015).

8 Ridao señala que en 2017 hubo treinta y una condenas por este delito y diecisiete entre los años 2013 y 2014 (Citation2018, 3).

9 Después de Aristóteles, la idea de ficción se ha intentado explicar aplicada a la retórica, ya sea desde posiciones estructuralistas que se fijan en las cualidades del lenguaje, o desde posiciones que consideran el ámbito del uso y de la comunicación social como los más importantes para determinar el carácter ficcional de una obra (“Fiction, Poetry as” Citation1993; Pozuelo Yvancos Citation1994, 64).

10 Trancón se expresa en la misma línea que el teórico teatral García Barrientos. Para este último, el criterio de ficción también es lo que permite distinguir el teatro de otros tipos de espectáculo (Citation2004, 27).

11 La performance como género artístico abraza las cualidades de la situación: proceso versus trabajo acabado y vinculación directa con el evento social (Lehmann Citation2006, 104). No obstante, en este trabajo el concepto de performance hace referencia principalmente a su dimensión de actuación para un público en la que intervienen elementos teatrales (Taylor Citation2011, 24).

12 El hecho de que la función, representada en la plaza del Canal de Isabel II, se publicitara como un evento para el público infantil es fundamental para entender la polémica. La controversia fue utilizada desde sectores políticos de la derecha y medios de comunicación para criticar al gobierno municipal de Madrid liderado entonces por la progresista Manuela Carmena.

13 La palabra “apuñalamiento” usada en el auto de la Audiencia Nacional del 6 febrero 2016 (Citation2016a, 2) no se atiene al contexto de los guiñoles de cachiporra donde los bastonazos y golpes forman parte esencial de la tradición.

14 Ver el escueto escrito del Juzgado de Instrucción n°46 de Madrid (Citation2017).

15 Puchner señala que precisamente el teatro (clásico) reproduce el mundo social a través de las interacciones de personas reales en escena, por lo que se lo puede considerar la forma artística con más ataduras a la normatividad social (Citation2002, 17).

16 Existen otros elementos que se sumarían a la absolución del delito de apología del terrorismo como son el hecho de que el juez apunte que no existe una amplia difusión de la obra, y se aluda al respecto que la obra se representa en el idioma esperanto. El aspecto publicitario, no obstante, queda en un apartado secundario en la argumentación judicial (Audiencia Nacional Citation2016b, 5).

17 El término de MC es una forma abreviada del concepto “Maestro de Ceremonias” usado en el mundo del rap para designar a la persona que produce rimas sobre un tema musical realizado por el DJ. El término vocalista se usa en este trabajo como sinónimo de MC.

18 La condena fue ratificada por el Tribunal Supremo un año más tarde.

19 Ver las actas completas de los juicios a Flaubert y Baudelaire en El origen del narrador: Actas completas de los juicios a Flaubert y Baudelaire (Citation2011). Uno de los puntos radicalmente diferenciales con los casos aquí tratados es que los procesos contra Baudelaire y Flaubert constituyen, en ultima instancia, un juicio al realismo en una concepción del arte que le exige respetar las normas morales de buen gusto.

20 Al respecto, se abre un dilema sobre el papel del arte en la sociedad al que se han referido multitud de académicos destacando las aportaciones de Jorge Luís Marzo (Citation2010, 131).

21 Según Luján Atienza, “en principio el ‘yo’ que dice el poema ni es ni deja de ser hombre de carne y hueso que escribe, ya que está desprovisto de psicología” (Citation2005, 144).

22 Taylor (Citation2011) diferencia dos usos de la noción de performance. Por un lado, apunta a su sentido discursivo en referencia a un lenguaje que “hace” (en conexión con las ideas de J. L. Austin y Judith Butler) para el que propone el adjetivo performativo y, por el otro, se refiere a su sentido espectacular, para el que propone el adjetivo de performático. Es este último sentido el que cobra relevancia en este trabajo.

23 No es casual que los raperos se defiendan apelando a que son “poetas” puesto que precisamente el rap, de raíces afroamericanas, posee a priori un fuerte componente lírico. Para un estudio más concreto en España, ver Buscató Vázquez (Citation2016).

24 Para indagar sobre el concepto de voz, ver Frith (Citation1996, 185).

25 La Insurgencia es un colectivo de raperos creado en 2012 y formado por trece miembros residentes en España (uno menor de edad en la fecha del juicio en 2017) y cinco en América Latina. En su perfil de YouTube, el grupo se autodefine como “un colectivo musical que pretende fomentar el internacionalismo, difundir y expandir la cultura revolucionaria y elevar el nivel de conciencia de las masas trabajadoras” (La Insurgencia, “Description”, sin fecha). Sus canciones de carácter audiovisual son subidas a la red, sobre todo YouTube, desde 2012.

26 La sala aplicó lo que se ha conocido como “Doctrina Hasél”, por la que la rebaja de la pena responde al hecho de que los grupos terroristas alabados (como ETA o los GRAPO) no están en activo. La atenuación de la pena se debe a una sentencia anterior de la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional que se refiere a otra condena de Pablo Hasél en 2018 y de la que se dará cuenta más adelante en el ensayo. Por otro lado, la condena de la Audiencia Nacional de 2017 no es unánime. El voto particular de la magistrada Murillo Boardallo disiente de la condena a los cantantes porque no observa que haya en ellos ningún ánimo de enaltecer o justificar acciones terroristas. Por el contrario, considera que su ánimo es el “lograr notoriedad” que por otras vías no pueden conseguir (Audiencia Nacional Citation2017a, 34).

27 En el escrito judicial se señala que “Otras estrofas, que también superan lo subversivo, dicen: ‘Pero como esto siga así y no encuentre alternativa, atracaré bancos, los responsables saborearán la cal viva, si es que no llegan tan arriba como Carmelo Gerardo’” (Audiencia Nacional Citation2017a, 30).

28 El carácter audiovisual que acompaña la voz y la letra de las canciones es tenido en cuenta por los magistrados en el caso de La Insurgencia. Ejemplo de ello lo encontramos en el análisis del tema del rapero Pipe Díaz “Cuando hablo de hip-hop estoy hablando de lucha armada” en que los magistrados destacan que “se observa simultáneamente en las imágenes a una persona hacer una pintada en una pared que dice ‘Que vuelvan los G.R.A.P.O.’ seguida de una imagen de tres miembros enmascarados de esa banda terrorista” (Audiencia Nacional Citation2017a, 7).

29 Walter Benjamin identifica el aura con la experiencia de lo singular e irrepetible en su famoso ensayo La obra de arte en la época de su reproducción mecánica (Citation2013).

30 Rancière ha desarrollado una teoría estético-política que, entre otros, discute la interpretación del modernismo entendido como apartado de la vida cotidiana y la política: ver Política de la literatura (Citation2011) y Sobre políticas estéticas (Citation2005). Otros autores contemporáneos y que más significativamente abordan la cuestión de las complejidades entre arte y vida son Arthur Danto en What Art Is (Citation2013) y Richard Sushterman en Pragmatist Aesthetics (Citation2000).

31 La Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional acabó rebajando en 2018 a nueve meses de prisión la condena, en lo que se ha llamado “Doctrina Hasél”, mencionada en anteriormente.

32 Con la mención a la chirigota del Carnaval de Cádiz, la juez se refiere posiblemente a la polémica que hubo en enero de 2018 por la letra y la representación de una chirigota en el Teatro Falla, en la que en referencia al expresidente catalán Carles Puigdemont se canta “no sabemos si cortarle la cabeza o mandarlo a pelar”. A la vez, el personaje de Puigdemont aparece en escena a punto de ser degollado. La representación causó la indignación de los partidos independentistas, y el Círculo Catalán de Negocios pidió la intervención de la Fiscalía por un presunto delito de odio.

33 La magistrada se refiere a la condena en 2014 por parte de la Audiencia Nacional a dos años de prisión al considerar las letras de sus canciones un acto de enaltecimiento del terrorismo. El fallo fue ratificado por el Tribunal Supremo en 2015.

34 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe anual 1982–1983, OEA/L/V/II.61, Doc. 22, rev. 1, septiembre 1983, 22.

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