Notes
1. Puede verse este texto en Jovellanos, Obras en prosa. Edición, introducción y notas de José Caso González (3a ed., Madrid: Castalia, 1987), pág. 91.
2. ‘El Censor, ¿periódico de Carlos III?’, en El Censor. Obra periódica comenzada a publicar en 1781 y terminada en 1787, ed. facsímil, con prólogo y estudio de José Miguel Caso González (Oviedo: Universidad de Oviedo/Instituto Feijoo de Estudios del Siglo XVIII, 1989), 775–99.
3. Ed. cit., pág. 274.
4. Ed. cit., pág. 275. El texto dice: ‘de los ya establecidos’; pero me parece que no se alude a los inconvenientes, sino a las leyes, por lo que lo considero una errata de imprenta.
5. Véase Perfecto Rodríguez Fernández, ‘Jovellanos visto por su contemporáneo y amigo Manuel María de Acevedo y Pola’, Boletín del Instituto de Estudios Asturianos (1986), núm. 117, 94–95. Está claro que el esmero en el peinado Jovellanos no pudo conservarlo toda su vida, porque ya en el retrato de Goya de 1798 se ve claramente que su cabellera no es la de unos años antes, y porque después se va a quedar en gran parte calvo. Es muy posible también que Acevedo exagere respecto del éxito de Jovellanos con las mujeres de la corte.
6. Cartas confidenciales de la Reina María Luisa y de don Manuel Godoy, introducción y notas explicativas por Carlos Pereyra (Madrid: Aguilar, s.a.), 33–55.
7. Puede verse mi artículo ‘El cese de Jovellanos en el ministerio de Gracia y Justicia’, en De Ilustración y de ilustrados (Oviedo: Instituto Feijoo de Estudios del Siglo XVIII, 1988), 421–32. También el anterior, ‘Los procesos de Jovellanos y Urquijo’.
8. Cit. por Lafuente, Historia general de España, XV (Barcelona, 1889), pág. 347, n. 2.
9. Jovellanos, Obras en prosa, ed. de José Caso González, pág. 300.